por Rafa Rivero » 14 Jul 2011 13:36
Por lo que comentas parece que uno de los contratos fue para cubrir la licencia de 63 años (contrato de sustitución que se coge de la bolsa de sustituciones de la Delegación provincial correspondiente y si no existe bolsa o está agotada se iría al SAE) y otro para cubrir la jubilación especial de 64 años (contrato de fomento de empleo que se firma obligatoriamente con un desempleado). Una vez que finalizase este último contrato la plaza sería vacante y se cubriría por la bolsa de vacantes (bolsa de Hacienda y Administración Pública) y en caso de que esa bolsa estuviese agotada se cubriría mediante oferta al SAE.
En el caso que comentas, se trata de un puesto en la categoría ordenaza y por tanto cuando se tenga que cubrir como vacante (cuando finalice el contrato de fomento de empleo) se tendrá que ir a la bolsa de ordenanzas vigente en ese momento. Actualmente en esa categoría está vigente la bolsa procedente de la OEP 96/99 y no está agotada, por tanto hay candidatos disponibles en bolsa para cubrir la vacante si la Administración necesita cubrirla.
Conviene también recordar la posibilidad de que una determinada plaza pudiera ser cubierta por razones de salud laboral, pues hay trabajadores con la movilidad funcional concedida por razones de salud laboral (art 23) y por tanto no necesariamente una plaza que quede libre y esté dotada presupuestariamente, se tiene que cubrir por la bolsa o el SAE, sino que también pudiera ser cubierta mediante la lista de trabajadores a los que se les ha reconocido el derecho a la movilidad funcional por razones de Salud Laboral y estén esperando una plaza en esa categoría.