Para Rafa Rivero sobre asuntos propios

Hola Rafa, soy monitor de educacion especial en un centro de infantil y primaria.
Te expongo la consulta: el curso pasado vino el inspector y le comento al director que los profesionales del centro teniamos muchas falta de asistencia (aunque fueran justificadas). Refiriendose a mi persona dijo que no me tomara los dias de asuntos propios, ya que segun él nos lo podiamos pedir el vacaciones de navidad, mes de julio, etc. Cuando hablo el director del centro conmigo y me lo comento le dije que es un derecho laboral y que hay un Acuerdo horario fechado con dia 29 de marzo de 2005
en el que se dice (para varias categorias) que: "....el periodo vacacional no podrá comenzar nunca antes del 23 de junio ni finalizar despues del 31 de agosto. Igualmente disfrutarán los periodos vacacionales de los alumnos de navidad y semana santa."
En mi centro se rellena un anexo para pedir el dia por diversos motivos, y yo le dije al director que los dias de asuntos propios me los iba a tomar de todas formas y que me daba igual poner una cruz en asuntos propios o por estar enfermo o asistir al medico.
Bien mi consulta es que, ya se que no tengo que ir al medico o ponerme enfermo para tener asuntos propios, pues como le dije al director es un derecho recogido en el convenio, ¿que puedo hacer, me pongo enfermo, voy al medico o me meto en pleitos sabiendo por experiencia de otros compañer@s que pierden y despues los putean?
Muchas gracias
Te expongo la consulta: el curso pasado vino el inspector y le comento al director que los profesionales del centro teniamos muchas falta de asistencia (aunque fueran justificadas). Refiriendose a mi persona dijo que no me tomara los dias de asuntos propios, ya que segun él nos lo podiamos pedir el vacaciones de navidad, mes de julio, etc. Cuando hablo el director del centro conmigo y me lo comento le dije que es un derecho laboral y que hay un Acuerdo horario fechado con dia 29 de marzo de 2005
en el que se dice (para varias categorias) que: "....el periodo vacacional no podrá comenzar nunca antes del 23 de junio ni finalizar despues del 31 de agosto. Igualmente disfrutarán los periodos vacacionales de los alumnos de navidad y semana santa."
En mi centro se rellena un anexo para pedir el dia por diversos motivos, y yo le dije al director que los dias de asuntos propios me los iba a tomar de todas formas y que me daba igual poner una cruz en asuntos propios o por estar enfermo o asistir al medico.
Bien mi consulta es que, ya se que no tengo que ir al medico o ponerme enfermo para tener asuntos propios, pues como le dije al director es un derecho recogido en el convenio, ¿que puedo hacer, me pongo enfermo, voy al medico o me meto en pleitos sabiendo por experiencia de otros compañer@s que pierden y despues los putean?
Muchas gracias