Vamos a ver si me explico bien, soy m.e.e. y trabajo en un instituto, desde que empecé he entrado en el aula ordinaria, también realizo funciones docentes en el aula ordinaria, ayudando en las tareas educativas a los alumnos.
-Tengo entendido que los m.e.e. no tenemos que entrar a las clases, solo desplazar a los alumnos y estar atendiéndolos en la higiene y alimentación.
Aunque estoy estupendamente con mis alumnos, mi problema es que el equipo directivo me llaman la atención cuando no atiendo al alumno 10 minutos dentro del aula ordinaria.
Me han dicho que el alumno no puede estar solo en clase y que la m.e.e. le tiene que atender y al final estoy haciendo funciones de P.T. y en vez de agradecérmelo parece que es una obligación. Lo que no entiendo es que a los P.T. empiezan a ponerles un montón de reuniones, de departamento, de tutorías de todos los cursos, de guardia y al final los m.e.e. haciendo sus funciones.
Bueno espero que alguien me ayude y me aclare si es obligación entrar en el aula ordinaria si el director me lo dice y si sujetarle la mano a un niño para que pueda pintar o escribir es función mía o de la P.T., porque entiendo que es tarea educativo ¿no?
Espero que me lo aclaren, al final seguiré realizando lo que hasta ahora me piden, pero si me exigen quiero saber hasta donde lo pueden hacer, porque a veces parece que cuanto más haces más quieren.
Gracias de antemano y espero ayuda para aclararme.