INFORMACION REFORMA LABORAL

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

INFORMACION REFORMA LABORAL

Notapor jotango » 07 Mar 2012 23:56

Hola a tod@s, quiero hacer un llamamiento a todo el mundo, sindicatos y personas individuales.
Desde mi experiencia en estos momentos, estoy viendo que las personas que nos rodean, no están informadas de lo que nos va a suponer la reforma laboral y de las políticas que se van a llevar acabo y que afectan a toda la sociedad.
Os propongo que cada uno de nosotr@s, informemos en nuestro centro de trabajo de que la puerta esta abierta para los empleados públicos y la necesidad de parar estas políticas antisociales. Nos os resultará fácil. A mí ya me ha costado alguna que otra discusión con mis compañer@s, y alguna palabra retirada, pero pensad que no sólo es nuestro puesto de trabajo lo que está en juego, es el futuro de las políticas sociales y los servicios públicos.
A los sindicatos, les pido que no solamente se centren en convocar manifestaciones, que son muy necesarias, sino también a movilizarse por los centros de trabajo informando a tod@s los trabajadores.
Creedme, la gente esta o desinformada o muy mal informada.
Muchas gracias.
Nota: ¿algún sindicato o alguien puede hacer un esquema resumen para ponerlo en nuestros centros de trabajo (en mi caso es un colegio)?
jotango
 
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Re: INFORMACION REFORMA LABORAL

Notapor bandido » 08 Mar 2012 00:53

Yo creo que sencillamente con que se lean esto, no habrá ya quien siendo Personal Laboral defienda esa Reforma, que yo más bien llamaría contrareforma. Hombre yo qué se, gente que le guste ser a la vez cornudo y apaleao, pues siempre ha habido, pero esos suelen muy poquitos.


Disposición adicional segunda. Aplicación del despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el Sector Público.
Se añade una disposición adicional vigésima al Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, con el siguiente contenido:
«El despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción del personal laboral al servicio de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público de acuerdo con el artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se efectuará conforme a lo dispuesto en los artículos 51 y 52.c) del Estatuto de los Trabajadores y sus normas de desarrollo y en el marco
cve: BOE-A-2012-2076
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36 Sábado 11 de febrero de 2012 Sec. I. Pág. 12527
de los mecanismos preventivos y correctivos regulados en la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas.
A efectos de las causas de estos despidos en las Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se entenderá que concurren causas económicas cuando se produzca en las mismas una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes. En todo caso, se entenderá que la insuficiencia presupuestaria es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos. Se entenderá que concurren causas técnicas, cuando se produzcan cambios, entre otros en el ámbito de los medios o instrumentos de la prestación del servicio público de que se trate y causas organizativas, cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal adscrito al servicio público.»
bandido
 
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