por Rafa Rivero » 24 Mar 2012 12:50
Te he contestado a tu mensaje privado, pero en este caso hace referencia a contratos indefinidos. Ese apartado viene recogido en la base 5ª apartado 2.1.3 y ya se ha comentado en el foro en otrrasd ocasiones, aunque hay sentencias en las que los jueces consideran que se debe valorar la experiencia independientemente de si fue adquirida con contrato temporal o indefinido