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pregunta para FLO o quien lo sepa

NotaPublicado: 05 Jun 2012 20:19
por Marce
Hoy otro sindicato ha enviado a mi centro de trabajo un boletín con las medidas que se van a tomar con respecto a los trabajadores. Un punto de estas medidas dice: "En los supuestos de IT el complemento para igualar a la retribución ordinaria la diferencia con el pago de la Seguridad Social tendrá los siguientes escalones:
- 1º al 3º dia en IT, si es la primera baja, el 50% de dicho complemento; si es la segunda..."
Mi duda es: ¿a qué complemento se refieren?

Re: pregunta para FLO o quien lo sepa

NotaPublicado: 07 Jun 2012 17:42
por tocaito
Cuando estamos de baja la seguridad social paga una parte a la empresa por IT. En muchas empresa ese subsisdio por IT es lo único que cobra el trabajador de baja desde el 16º di de bajo como más abajo se explica. La empresa de cierta dimensión se descuenta esas cantidades de las liquidaciones de seguros sociales (pago delegado de IT) cuando son de reducido tamaño es la Seguridad Social la que abona el subsidio directamente al trabajador de baja.

En nuestro convenio, hasta ahora y seguramente no en lo sucesivo, la empresa nos iguala hasta el 100 % de las retribuciones. El complemento al que se refiere es la diferencia de lo que percibe de la Seguridad Social la empresa y el salario mensual del trabajador.

La regla general es que los tres primeros días de baja no se abonan salvo que exista "acuerdo" al respecto. En nuestro caso ese complemento es el acuerdo recogido en el numero del articulo 41 del convenio colectivo. La rebaja reflejada en el mensaje anterior sobre el 50% del complemento significará que por esos tres primeros días de baja percibiremos la mitad del sueldo puesto que la seguridad social no paga nada a la empresa hasta el 16º día de baja.

No dices nada del 4º al 15º día en que se abona a cargo de la empresa a razón del 60% de la base de cotización, ¿qué ocurre hasta completar el salario?. A partir del día 16 de baja el abono del subsidio corresponde a la entidad gestora (INSS). del 16º al 20º día a razón del 60% de la Base de cotización que pasa al 75% desde el día 21º en situación de IT.

Durante la IT el contrato esta en suspenso. Podrían descontar a los interesados parte proporcionales de pagas extras puesto que están prorrateadas en las bases de cotización.

Si requieres mas precisiones a disposición.

Re: pregunta para FLO o quien lo sepa

NotaPublicado: 11 Jun 2012 18:53
por Marce
muchas gracias por tu contestación. Sabes si se está llevando a cabo ya en la Junta?

Re: pregunta para FLO o quien lo sepa

NotaPublicado: 12 Jun 2012 00:41
por tocaito
Marce escribió:muchas gracias por tu contestación. Sabes si se está llevando a cabo ya en la Junta?

Aun no pero la idea de estOs marrrrrrrranos es que vayáis contribuyendo a planes privados de pensiones e imagino que a no mucho tardar sacaran el negocio generalizado de cobertura de las incapacidades laborales temporales y de tratamientos medico/quirúrgicos .
Aquí se va a privatizar todo, al tiempo!