DECRETO LEY 1/2012, de 19 junio

QUERIDOS AMIGOS
LEYENDO EL DECRETO LEY DE 19 DE JUNIO, ARTÍCULO 16, dice" garantia de una retribucion mínima", La retribución íntegra mensual correspondiente a la jornada completa, resultante de la aplicacion de las medidas contenidas en este Decreto-Ley, no será inferior a 1.000 euros NETOS.
mI PREGUNTA ES: que hacemos los trabajadores que cobramos menos de ese importe Garantizado? , soy del grupo V laboral contratado, mi suelto neto en Julio fue de 900,40 euros, agosto 942,97 euros, septiembre 925,06 euros y octubre, incluida la PRODUCTIVIDAD 1002,27 EUROS., TRABAJO SÓLO 15 MINUTOS MENOS QUE MIS COMPAÑEROS FIJOS PERO COBRO MUCHO MENOS QUE ELLOS Y ADEMÁS MENOS DE LO QUE EL ARTÍCULO 16 GARANTIZA.
¿TENEIS ALGUNA PROPUESTA AL RESPECTO?
LEYENDO EL DECRETO LEY DE 19 DE JUNIO, ARTÍCULO 16, dice" garantia de una retribucion mínima", La retribución íntegra mensual correspondiente a la jornada completa, resultante de la aplicacion de las medidas contenidas en este Decreto-Ley, no será inferior a 1.000 euros NETOS.
mI PREGUNTA ES: que hacemos los trabajadores que cobramos menos de ese importe Garantizado? , soy del grupo V laboral contratado, mi suelto neto en Julio fue de 900,40 euros, agosto 942,97 euros, septiembre 925,06 euros y octubre, incluida la PRODUCTIVIDAD 1002,27 EUROS., TRABAJO SÓLO 15 MINUTOS MENOS QUE MIS COMPAÑEROS FIJOS PERO COBRO MUCHO MENOS QUE ELLOS Y ADEMÁS MENOS DE LO QUE EL ARTÍCULO 16 GARANTIZA.
¿TENEIS ALGUNA PROPUESTA AL RESPECTO?