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Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 29 Nov 2012 00:15
por Karissa
La instrucción se publicará, seguramente,
a finales de la semana que viene. En la mesa sectorial funcionarios han adelantado las novedades siguientes:

- Se incluye la fijación del horario para el personal interino con reducción 10%.

- Vacaciones: se elimina la obligatoriedad de agrupar bloques de 5 días. Por razones organizativas, fijan que al menos el 50% de las vacaciones se tendrán que coger entre junio y sept.

- Se incluyen las adecuaciones a las parejas de hecho.

- Se platean aclaraciones sobre la forma de utilizar el permiso de maternidad.

- El permiso de paternidad se mantiene en 15 días, ya que se ha aplazado por el gobierno central la entrada en vigor de la ampliación del mismo. En algunos supuestos, se podrá ampliar a 20 días.

- Permiso adicional por parto o adopción, se regula la posibilidad de que el padre haga uso del mismo si la madre trabaja.

- Permiso por accidente o enfermedad grave, se ha incluido la hospitalización.

- Se recoge el permiso para atender enfermedad infectocontagiosa menores de 9 años.

- Permiso para exámenes prenatales se mantiene.

- Permiso por lactancia se mantiene, pudiendo hacer uso el padre si la madre trabaja.

- La posibilidad de reducción de jornada hasta 50% con carácter retribuido, se permite que se haga uso agrupándolo por jornadas completas con un máximo de 15 días.

- Permiso por matrimonio, se aclara que los 15 días son naturales.

- Se pasa a 3 días de asuntos particulares, pero se permite agruparlo a los días de vacaciones.

- Reducción de incremento de jornada diaria, para aquellos que no quieran trabajar las 37’5 horas, se aclara que no afecta a las 110 horas de especial dedicación.

- Se incluyen los permisos para formación.

- Se añaden permisos sin retribución, p.ej. colaboración con ONG, asuntos propios sin retribución…

La admón. Plantea que las instrucciones no son objeto de negociación, por lo que sólo se informa en mesa sectorial. Por lo tanto, no han remitido borrador. Sin embargo, ante la petición de las organizaciones sindicales, se da un plazo de dos días para hacer aportaciones que puedan mejorar la instrucción.

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 29 Nov 2012 00:20
por Magneto
Gracias por la información. Hay cosillas interesantes dentro de tanto recorte...

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 29 Nov 2012 17:17
por irati
esto es tambien para los laborales??????

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 29 Nov 2012 18:19
por Magneto
Si, si no nos han echado antes...

irati escribió:esto es tambien para los laborales??????

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 30 Nov 2012 12:44
por irati
KARISSA.: La posibilidad de reducción de jornada hasta 50% con carácter retribuido, se permite que se haga uso agrupándolo por jornadas completas con un máximo de 15 días.
,esto se puede aplicar en mi caso?? te explico trabajo en una guarderia y en el acceso me han dado la plaza a mas de 300 kilometros de mi casa,si yo pido esta reduccion ¿podria trabajar todas las horas completas y que me corresponde a lo largo del año y luego el resto quedarme en mi casa?? quiero decir que si cobro la mitad de mi salario trabajo medio año con la reduccion y el resto me quedo en mi casa?? y el sueldo lo cobraria cada mes con la reduccion???,, muchas gracias

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 30 Nov 2012 14:32
por Rafa Rivero
En principio la jornada es cada día de trabajo, cuestión diferente es que llegues a un acuerdo con la dirección del centro y la Delegación, sobre todo si tuvieran previsto sustituirte y ambas partes os pusierais de acuerdo y os viniera bien lo que propones, pero el derecho al que hace referencia Karissa al hablar de jornada sería reducción en cada día de trabajo.

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 30 Nov 2012 15:33
por irati
rafa pero lo que me tiene un poco despistada es donde pone :agrupándolo por jornadas completas con un máximo de 15 ,,perdona si soy pesada e insistente pero es que estoy buscando la solucion para no estar tanto tiempo lejos de familia ni pedir excendencia que no me lo puedo permitir,,gracias a todos los que ayudais en este foro

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 30 Nov 2012 17:23
por Rafa Rivero
Es que la reducción de jornada, ese permiso en particular es trabajar menos cada día que tengas que ir al trabajo, eso es una jornada, un dia de trabajo, no agrupar las reducciones y tener menos días de trabajo al mes.

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 02 Dic 2012 21:50
por Karissa
Hola irati,

Habrá que esperar a que se publique la instrucción oficial para analizar en que términos vendrá redactado cada punto.

De momento, lo que parece claro es que, la posibilidad de agrupar jornadas completas con un máximo de 15 días (en vez de trabajar cada día media jornada, acumulas en días completos de permiso) se refiera al permiso que sigue:

Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el funcionario tendrá derecho a solicitar una reducción de hasta el cincuenta % de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes.

Si hubiera más de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, el tiempo de disfrute de esta reducción se podrá prorratear entre los mismos, respetando en todo caso, el plazo máximo de un mes.



Aunque también cabe la posibilidad de aplicarlo, por analogía, al siguiente:

Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave: el funcionario tendrá derecho, siempre que ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente trabajen, a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquélla, percibiendo las retribuciones íntegras con cargo a los presupuestos del órgano o entidad donde venga prestando sus servicios, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del hijo menor de edad afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas o carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente acreditado por el informe del servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma o, en su caso, de la entidad sanitaria concertada correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años.

Cuando concurran en ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente, por el mismo sujeto y hecho causante, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso o, en su caso, puedan tener la condición de beneficiarios de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que les sea de aplicación, el funcionario tendrá derecho a la percepción de las retribuciones íntegras durante el tiempo que dure la reducción de su jornada de trabajo, siempre que el otro progenitor, adoptante o acogedor de carácter preadoptivo o permanente, sin perjuicio del derecho a la reducción de jornada que le corresponda, no cobre sus retribuciones íntegras en virtud de este permiso o como beneficiario de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que le sea de aplicación. En caso contrario, sólo se tendrá derecho a la reducción de jornada, con la consiguiente reducción de retribuciones.

Asimismo, en el supuesto de que ambos presten servicios en el mismo órgano o entidad, ésta podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas en el correcto funcionamiento del servicio.

Reglamentariamente se establecerán las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas.



Saludos,

Re: Adelanto de la próxima instrucción...

NotaPublicado: 03 Dic 2012 17:39
por irati
Muchas gracias Karissa,Rafa,Magneto,Flo,etc,sois de una gran ayuda,saludossss