por Rafa Rivero » 30 Nov 2012 13:39
Creo que la respuesta que te he puesto arriba te puede servir para el contrato que me indicas, presentas alegaciones y explicas lo que me dices en el mensaje, que el contrato de 2 años que has presentado y figura en el modelo separador con el nº x, recoge como categoría profesional la de profesional de oficios de 2ª, que lo que están alterado es el orden de los términos utilizados para denominar la categoría y, aunque la denominación no coincide literalmente con la del VI convenio, la categoría y funciones son homólogas a las de la categoría oficial 2ª oficios y la denominación incluso es muy semejante a la propia con la que el convenio denomina a esta categoría.