DUDA GRUPO V RELACION PERMANENTE COMO FIJO

Buenos días, tengo la siguiente duda aquellos trabajadores que han participado en el acceso grupo V de la empresa privada, se le ha contado el tiempo como fijo, que han trabajado en la empresa privada.SEgún las bases entiendo que no se le debe contar.Pongo el ejemplo de vigilantes que hayan trabajo en la empresa privada como fijo, ¿el tiempo como fijo se le tiene en cuenta?.Creo que hace tiempo la comisión dijo algo sobre ese punto, pero no me acuerdo ahora mismo.El punto de la orden que lo dice es:
2.1.3. En ningún caso podrán ser computados servicios
prestados mediante relación jurídica permanente ni las relaciones
prestadas en régimen de colaboración social, contratos
civiles, mercantiles o sometidos al Derecho Administrativo
2.1.3. En ningún caso podrán ser computados servicios
prestados mediante relación jurídica permanente ni las relaciones
prestadas en régimen de colaboración social, contratos
civiles, mercantiles o sometidos al Derecho Administrativo