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DESPIDO DE LABORALES- PARA RAFA O FLO

NotaPublicado: 05 May 2013 17:01
por TOTA
HOLA, BUENAS TARDES MI PREGUNTA VA DIRIGIDA A USTEDES PARA SABER PORQUE CUANDO DESPIDEN A UN LABORAL EN ESTE CASO, NO RECIBE LA INDENNIZACION POR DESPIDO DE 22 O 45 DIAS POR AÑO TRABAJADO, CUANDO HAY PERSONAS QUE HAN ESTADO DIEZ AÑOS Y SOLO LE HAN DADO LA PARTE PROPORCIONAL DE LA PAGA EXTRA Y VACACIONES SI LAS HUBIERA.MUCHAS GRACIAS,

Re: DESPIDO DE LABORALES- PARA RAFA O FLO

NotaPublicado: 05 May 2013 23:35
por Rafa Rivero
No corresponde esa indemnización porque el despido es por un motivo recogido en un contrato temporal. El contrato recoge que finalizará cuando la plaza sea cubierta por resolución de un proceso selectivo y quien ocupa el puesto temporalmente sabe cuando firma las condiciones en las que está contratado. Lo que hay es finalización de contrato, no un despido y solo se abonan las partes proporcionales que queden por abonar (paga extra, vacaciones, productividad)

Re: DESPIDO DE LABORALES- PARA RAFA O FLO

NotaPublicado: 06 May 2013 17:14
por TOTA
Entonces porque el estatuto de los trabajadores marca que a partir de los tres años eres fijo en cualquier empresa, ya que el estatuto esta por encima de los contratos que la junta realiza. ademmas creo recordar que hay personas que lo han recurrido a un tribunal y lo han ganado

Re: DESPIDO DE LABORALES- PARA RAFA O FLO

NotaPublicado: 06 May 2013 18:19
por Rafa Rivero
En la Administración Pública no se aplica esa norma de que a partir de los tres años eres fijo. Para ser fijo en la Administración Pública tiene que ser a través de un proceso selectivo con libre concurrencia bajo los principios de igualdad merito capacidad y publicidad.