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PERMISO POR FALLECIMIENTO DE LA SUEGRA EN LA MISMA LOCALIDAD

NotaPublicado: 16 Jun 2013 19:43
por Alberto M.
Como en cuestiones de derechos laborales vamos para atrás como los cangrejos me gustaría que alguien me aclarara si sigue vigente el artículo 33 1 h del VI Convenio Colectivo, y de ser así y no haberse visto afectado por disposiciones posteriores, como se computan esos 4 días: ¿desde el día del fallecimiento ocurrido ayer sábado o a partir de mañana lunes? Gracias de antemano a quien pueda informarme.

Re: PERMISO POR FALLECIMIENTO DE LA SUEGRA EN LA MISMA LOCAL

NotaPublicado: 16 Jun 2013 20:01
por Rafa Rivero
Actualmente en cuanto a permisos está vigente la Instrucción 4/2012. En esta instrucción por el permiso que preguntas corresponden dentro de la misma localidad 3 días hábiles. Días hábiles a estos efectos son aquellos en que tienes que prestar servicios.

Re: PERMISO POR FALLECIMIENTO DE LA SUEGRA EN LA MISMA LOCAL

NotaPublicado: 16 Jun 2013 20:08
por Alberto M.
Muchas gracias Rafa.