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El recuperado moscoso a BOE

NotaPublicado: 20 Dic 2013 14:34
por F.J.
Aunque muchos compañeros ya lo saben y en este foro se ha debatido con anterioridad, lo vuelvo a recoger.

El Gobierno ha hecho efectiva la devolución de un día de asuntos particulares («moscoso») a los empleados públicos a través de una enmienda de adición al proyecto de Ley Orgánica de control de la deuda comercial en el sector público, que se tramita en el Senado.
Esta enmienda introduce una modificación del Estatuto Básico del Empleado Público que establecerá cuatro días para asuntos particulares al año en lugar de los tres actuales, tal y como había establecido el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Este día recuperado se podrá disfrutar desde el momento de su publicación en el BOE y hasta el 31 de marzo de 2014 y, siempre a cuenta del año 2013.

Está previsto que se publique el 24 o 26 de diciembre si no hay contratiempos.
Saludos

Re: El recuperado moscoso a BOE

NotaPublicado: 21 Dic 2013 13:52
por Labo
Me gustaría saber si saldrá publicado en el BOE para que se haga efectivo a todos los empleados de la Administración Central y los empleados de la Junta de Andalucía tendremos que esperar a su publicación en BOJA, tal y como ha pasado con todos los cambios que nos han ido imponiendo. Un saludo.

Publicado ya en BOE

NotaPublicado: 23 Dic 2013 14:29
por FLO
http://asp-laborales.ustea.org/node/2236

Se ha aprobado la modificación del EBEP y del R.D-Ley, ampliándose los días de asuntos propios de tres a cuatro. Os adjuntamos enlace de la Ley aprobada ayer: "Ley de control de deuda comercial en el sector público".

Disposición adicional cuarta (nueva)

Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción:

«Por asuntos particulares, cuatro días cada año».

Segundo. La limitación que el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece respecto a los convenios, pactos y acuerdos para el personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referenciada a la nueva redacción dada al artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público de conformidad con el apartado primero de esta disposición.

Se adjunta enlace.

http://www.congreso.es/public_oficiales ... A-64-6.PDF

Disposición final séptima. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.


Este cuarto día tiene efectos inmediatos para 2013, y se podrá disfrutar desde el día siguiente a la publicación en el BOE, es decir, a partir de hoy, 23 de diciembre de 2013.

La ley se aprobó el viernes Y AQUÍ ESTÁ:

Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.

PDF (BOE-A-2013-13425 - 21 págs. - 363 KB): http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/21/pdfs/BOE-A-2013-13425.pdf