grupo v

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

grupo v

Notapor antonio jose » 15 May 2014 18:20

bueno , me gustaría saber como funciona la bolsa de laborales, aunque creo que ya se debatido antes este tema. Si estas admitido ,si la nota de acceso( NO LLEGAS AL MÍNIMO) para formar parte de la bolsa en este caso del grupo v , y no has trabajo nunca , como vas a trabajar alguna vez , si no llegas al mínimo(¿ es posible trabajar alguna vez o es complicado?) , porque seguro que mucha gente estará, como yo haciéndose preguntas , porque como todos los compañeros , tanto los que han accedido a la nota de corte ,como los que no , nos gustaría trabajar alguna vez.Bueno ahí dejo ,preguntas y reflexiones, muchas gracias de antemano
antonio jose
 
Mensajes: 57
Registrado: 08 Feb 2014 20:06

Re: grupo v

Notapor eloisa » 15 May 2014 19:30

lo de la bolsa del grupo v por lo menos la de ordenanza ,te puedo contar mi caso estoy de las primeras de la bolsa 2003 2005,llamo por teléfono de vez en cuando la bolsa no esta funcionando porque están antes los de salud laboral ,tantos años esperando la bolsa y para nada es indignante pero por lo visto este problema no le importa a nadie. Así que te tengo que dar pocas esperanzas con la bolsa y yo si tengo trabajado 6 años y medio en la categoría.
eloisa
 
Mensajes: 128
Registrado: 08 Dic 2010 23:30

Re: grupo v

Notapor antonio jose » 16 May 2014 10:09

Es lo que hay Eloisa, pero como , no se quien son los de salud laboral que dices porque no estoy tan informado como tu, pero y el que no ha trabajado nunca? ¿que opciones tiene? NINGUNA
antonio jose
 
Mensajes: 57
Registrado: 08 Feb 2014 20:06

Re: grupo v

Notapor eloisa » 16 May 2014 11:08

Antonio jose yo tampoco estoy muy enterada en estas cosas pero lo de salud laboral son personas que están trabajando y están fijas y tienen derecho a que si tienen algún "problemilla" de salud pues las cambien de puesto. Así que por lo menos de ordenanza esta la cosa fatal , ya te digo en la bolsa tantos años para nada , yo llevo 5 años en el paro y como te dije anteriormente llamo para saber en que puesto voy en la bolsa y siempre esta igual porque los de salud laboral los ponen delante, dicho por los mismos que me atienden el teléfono que me dicen que es un problema pero nadie hace nada. Ya lo pregunte en el foro a algún sindicato por si se podía hacer algo y nadie me contesto.
Saludos.
eloisa
 
Mensajes: 128
Registrado: 08 Dic 2010 23:30

Re: grupo v

Notapor eloisa » 16 May 2014 11:11

Quería decirte también que sin tener puntos yo creo que la única opción es que te llamaran del SAE , pues nose porque en vez de la bolsa llaman de la oficina de empleo.
eloisa
 
Mensajes: 128
Registrado: 08 Dic 2010 23:30

Re: grupo v

Notapor antonio jose » 16 May 2014 17:30

Muchas gracias por la información eloisa, un saludo
antonio jose
 
Mensajes: 57
Registrado: 08 Feb 2014 20:06

Re: grupo v

Notapor F.J. » 16 May 2014 18:19

Paso a exponer mi opinión personal en consonancia con lo que veo:
Te comento lo de salud laboral viene recogido en Convenio y articulado que abajo puedes leer.
No se conceden por "... problemillas..." y ni siquiera por problemones. Casi se deniegan en un 80% de los casos por no estar suficientemente justificados. Y ha de ser pedida ( o la menos ratificada) anualmente o caduca la solicitud. Hay una comisión de médicos que examinan los expedientes.
Es de lógica que quien tiene derecho a acogerse a un artículo del convenio lo haga a título personal. Pero la plaza que deja vacante se debe cubrir igualmente al menos en teoria.
El problema surge cuando la administración, en estos últimos años, no ha sacado ofertas amplias no tampoco ampliación de plantillas y se ajusta a lo que tiene sin apenas crear empleo. Actua como lo que es y siempre ha sido un empresario y punto.

Siempre he mantenido que no existe peor empresario que la propia administración.
Saludos

Artículo 23. Otras formas de movilidad. 1. Por disminución de capacidad.
La movilidad por disminución de la capacidad de l personal podrá llevarse a cabo a petición
propia de la persona interesada o a instancia de la Administración, a otra categoría del mismo
Grupo profesional o inferior, siempre que se acredite la titulación exigida de acuerdo con el sistema de clasificación profesional, o a puesto de trabajo de la misma categoría profesional si las
condiciones de trabajo del nuevo puesto favorecen su salud. Estas peticiones serán tramitadas y
resueltas por la Consejería competente en materia de Función Publica, previo informe emitido por
Tribunal Médico y acuerdo de la Subcomisión de Salud Laboral, dando traslado a la Comisión del
Convenio, para su ratificación, de las peticiones. La movilidad podrá efectuarse dentro de la misma localidad o en otra diferente, si ello favorece las condiciones de salud del trabajadora o trabajadora, si bien dicho traslado estará condicionado a la existencia de vacante.
F.J.
 
Mensajes: 822
Registrado: 29 Nov 2011 15:19


Volver a Foro de Información General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 14 invitados

cron