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Tema Prejubilaciones

NotaPublicado: 30 Jul 2014 12:59
por marisarejano25
Buenos días. Soy nueva en el foro. Acabo de registrarme en él porque me han hablado muy bien. Mi pregunta, no sé si es una tontería o no, pero como no entiendo del tema, por eso la hago. Hay empresas que ofrecen a los empleados que tienen más de 55 ó 58 años prejubilarse en unas condiciones aceptables. ¿Eso podría pasar en la Junta de Andalucía alguna vez? Muchas gracias.

Re: Tema Prejubilaciones

NotaPublicado: 30 Jul 2014 21:43
por Rafa Rivero
No, la tendencia es la contraria, por ejemplo antes el personal laboral podía acogerse a la jubilación parcial a los 60 años, con un máximo del 85% jubilado y un 15 % trabajador sin ninguna pérdida económica, pues todo el tiempo contabilizaba como cotizado al 100% en la Seguridad Social cuando fuese a jubilarse totalmente. Esta Ley ha cambiado y ahora se está autorizando, previo informe económico favorable, la jubilación parcial a partir de los 61 años y con un máximo del 50% jubilado y 50% trabajador.

Además se ha perdido la licencia previa a la jubilación, que era a los 63 años, porque ha desaparecido la jubilación anticipada a los 64 años y la licencia previa estaba vinculada a la jubilación a los 64 años, y encima también se ha perdido el premio de jubilación, ya que éste se concedía a los que se jubilaban a los 64 años y esa modalidad de jubilación por fomento de empleo ya no existe. Como puedes comprobar la tendencia es justo la contraria de lo que comentas que ocurre en otras empresas. Y todo eso sin contar que progresivamente la edad de jubilación se irá endureciendo en cuanto a los requisitos para poderse jubilar a los 65 años y lo que se pretende es que en unos años la jubilación sea a los 67 años (excepto aquellos que cumplan determinados requisitos que podrán jubilarse a los 65 años). Te aconsejo que mires el cuadro sobre los años que se exigen para poder jubilarse y a qué edad sería en función de los años cotizados: http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... sitos/6156

Re: Tema Prejubilaciones

NotaPublicado: 31 Jul 2014 09:41
por marisarejano25
Muchísimas gracias gracias por tan completa explicación. Me ha quedado todo muy claro. El link, perfecto. Saludos.