resolución grupo V inmediata

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resolución grupo V inmediata

Notapor tocaito » 17 Sep 2014 23:50

No resultaría difícil si las personas adjudicatarias con la ayuda, de por ejemplo, los servicios jurídicos de ustea, plantearan procedimiento por responsabilidad patrimonial de la Administración por funcionamiento anormal de los servicios por la tardanza en la resolución de los concursos de acceso, traslado y promoción. Desde que los trabajadores temporales de la Junta cobran un 10 % menos el perjuicio por no acceder a la condición de fijo es perfectamente valorable en dinero. Ni que decir tiene que es trasladable al resto de concursos que no se convocan o resuelven pero empecemos por la resolución del acceso al grupo V. Existen antecedentes en que se ha condenado a la Junta en caso de funcionarios por tardar en realizar la incorporación a los puestos de trabajo después de haber superado procesos selectivos y en el caso que conozco la indemnización ha sido suculenta puesto que el sujeto venia de la calle y el que no lo llamaran para trabajar suponía que no tenia trabajo ni salario. Si la Junta se encuentra este tipo de reclamaciones masivas actuara con prontitud resolviendo el concurso. Disculpad la redacción que se me hace difícil escribir desde el móvil. Un saludo.
tocaito
 
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor F.J. » 18 Sep 2014 01:20

Salvo mejor opinión, porque no soy abogado. Y en referencia al debate planteado y por lo leido sobre el tema, paso a exponerte que:

Son los particulares. Los trabajadores a título personal, tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
En todo caso el daño alegado, habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.
Es decir todas aquellas responsabilidades achacables a la Administración y que el ciudadano no tenga la obligación de soportar, y que causa un daño evaluable, puede exigirse por la vía de responsabilidad patrimonial, la reparación del mismo.
En todo caso, el derecho a reclamar la indemnización prescribirá al año a partir del día en que pudo ejercitarse; esto es, en el caso de funcionamiento anormal de la Administración de Justicia desde que se produjo de forma efectiva el daño reclamado.
Como viene fijando la doctrina del Tribunal Supremo, para exigir responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de los servicios públicos es necesario que concurran los siguientes requisitos:
1. Hecho imputable de la Administración.
2. Lesión o perjuicio antijurídico, efectivo, económicamente evaluable e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.
3. Relación de causalidad entre hecho y perjuicio.
4. Que no concurra fuerza mayor u otra causa de exclusión de la responsabilidad.


Posiblemente te refieras a la sentencia, dictada por la Audiencia Nacional, que obliga al Ejecutivo central a pagar a una funcionaria que aprobó unas oposiciones y una vez terminado todo el proceso y teniendo la plaza adjudicada no se le asignó un puesto de trabajo y tardó en ocuparla más de un año. Es decir, se refiere a una opositora que estuvo más de un año esperando para incorporarse a la plaza que se había ganado en las pruebas ordinarias de mérito y capacidad.

De todas maneras creo que hay otra posibilidad. Opino que es más efectiva y tendría más posibilidades ya que demostraría de forma tangible los perjuicios ocasionados por una tardanza real. Es la de impugnar el acto administrativo una vez resuelto el concurso.
Para esto habría que esperar a que el concurso salga y se resuelva. Y una vez resuelto y cada uno en su puesto, reclamar lo que se debería haber cobrado y no se cobró.

Creo que es más sólido y tiene más defensa este procedimiento, aunque por supuesto es más lento y se necesita mucha más paciencia, porque hay que esperar que el concurso salga y se resuelva, y visto lo visto .....

NOTICIA:
LARA GRAÑA - VIGO Un opositor que supere las pruebas de acceso a un empleo público y no se le asigne un puesto de trabajo durante el año en el que se examina tiene derecho a reclamar del Estado. Es lo que acaba de dictar en sentencia firme el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 1 de la Audiencia Nacional, que tutela el magistrado José Luis………., en el que se ha convertido en un fallo pionero en España. Una opositora de Ourense, P. D. P., se presentó a las pruebas para designar 150 funcionarios de Hacienda en julio de 2008, examen que superó con la mejor nota. Pero no fue hasta abril de 2010 cuando se publicó la lista de aprobados y recibió su plaza como empleada del Estado. Esto es, un año, cuatro meses y seis días más tarde después de haber terminado el año 2008. La Audiencia Nacional entiende que se trata de un retraso "injustificado" y obliga a la Administración a pagar a la demandante el salario que habría percibido desde el momento en que habría tenido que ingresar en el cuerpo de funcionarios del Estado.


Puedes ver esta otra sentencia:
http://portaljuridico.lexnova.es/jurisp ... -selectivo

Saludos
F.J.
 
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor tocaito » 18 Sep 2014 07:59

En el vinculo de bajo, la sentencia del Juzgado nº6 de lo Contencioso en Sevilla. Es plenamente idéntica la situación de hecho (ver fundamento de derecho primero) con la variación de ser procesos selectivos referidos a funcionarios y laborales. Saludos y una buena mañana.

http://www.poderjudicial.es/search/doAc ... rface=true
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor Magneto » 18 Sep 2014 08:22

¡Ojalá se resuelva pronto!. Ya está bien...
=======================================================================
Antes de imprimir este mensaje, asegúrate de que es necesario. Proteger el medio ambiente está también en tu mano.
Magneto
 
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor Karissa » 18 Sep 2014 10:04

Buenos días.

Vuelvo a recordar que USTEA denunció hace tiempo “en los tribunales”:

Conflicto Colectivo contra el retraso de los concursos de acceso a laboral fijo, oferta 2006/2007.

La situación actual es, tras celebrarse el acto de conciliación, sin avenencia y descartada la vía laboral, se presentó Contencioso-Administrativo.
Los procedimientos judiciales son lentos y estamos a la espera de que se dicte sentencia.


En cuanto a la jurisprudencia que señaláis referidas a la responsabilidad patrimonial de la Administración, de su lectura no se detrae que sean situaciones idénticas a la del personal laboral y por tanto aplicables al caso.

Expongo sólo unas pequeñas referencias porque sería largo de explicar detalladamente:

En una de ellas, la OEP regula de manera "expresa" plazo de finalización, por tanto su atraso es un incumplimiento de lo publicado en BOJA:

Publicado en BOJA Oferta de Empleo Público correspondiente a 2009, en cuyo artículo 1 º dispone que los procesos de selección finalizarán antes del 31/12/09 salvo que estén en desarrollo procesos derivados de Ofertas anteriores, en cuyo caso los procesos de selección de la presente Oferta de Empleo Público se iniciarán en los dos meses siguientes a la fiscalización de los derivados de Ofertas anteriores".

En otras, lo que se denuncia es la demora en efectuar los nombramientos de funcionarios, es decir una vez siendo definitivo y publicado la superación de todo el procedimiento... además de contener otras peculiaridades no aplicables a nuestra situación.

Disculpad que no desarrolle con más los comentarios a las jurisprudencias aportadas, por cierto, interesantes siempre su lectura, es de agradecer que las aportéis.



Un saludo.
Karissa
 
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor tocaito » 18 Sep 2014 11:42

Si no existe funcionamiento anormal con todos los requisitos exigibles legal y tribunalsupremalmente que venga jupiter y lo vea. Estamos hablando de una oferta pública de empleo, común a funcionarios y laborales, publicada el 12 de diciembre de 2007. La convocatoria y el fin de plazo de solicitud se demora un año (diciembre 2008).... vale y comprensible pero que desde mayo de 2013 tengamos adjudicatarios provisionales y casi año y medio después no este resuelto es un grave problema de inoperancia que perjudica a personas concretas, que ese perjuicio se puede valorar en términos monetarios y que esta en relación causal con la falta de resolución del concurso. Además y porque no llegar hasta el inicio y preguntarse que cómo es posible que una administración como la nuestra puede resolver los concurso-oposiciones de maestros y profesores de secundaria en menos de seis meses y con un mes de vacaciones por medio (convocando en marzo, examinando y corrigiendo en junio y trabajando los adjudicatarios en septiembre) y los concursos de laborales se demoren 6 años..... los medios existen es claro pero faltan las ganas.... de verdad no se ve la reclamación como medio para forzar/negociar la resolución inmediata del concurso.

Lo de mas abajo es información copiopegada de la página del empleado público sobre el acceso del grupo V ordenanzas de la oferta publica 2007:

Proceso Selectivo: Grupo V
Opción: ORDENANZA
Año de oferta pública: 2007
Tipo de acceso: Personal Laboral - Acceso Libre
Número de plazas: 203
Temario común:
Sin temario
Temario específico:
Convocatoria:
Boja nº 239 de 2 de diciembre de 2008
Fin del plazo de la solicitud: 17/12/2008
Estado: Publicado el listado de adjudicatarios provisionales.
Fecha del contenido: 13/12/2010
Documentos asociados:
13/12/2010 : Resolucion_Prov_Admitidos_y_Excluidos.pdf
13/12/2010 : Prov_admitidos_5042.pdf
13/12/2010 : Lista_Provisional_Excluidos.pdf
13/12/2010 : Excluidos_Varias_causas.pdf
08/05/2013 : Nota_Informativa.pdf
08/05/2013 : Acuerdo.pdf
08/05/2013 : Diligencia.pdf
08/05/2013 : Adjudicatarios_prov_5042.pdf
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor Karissa » 18 Sep 2014 12:28

Hola Tocaito.

Creo que no has entendido mi respuesta anterior. Quizás ha llevado a confusión mi comentario sobre las sentencias que merecería una explicación mucho más extensa, insisto ya está denunciado por USTEA desde el año 2011. El procedimiento se encuentra en vía contencioso- administrativo. Queda constatada la voluntad y ganas desde que se empezaron a demorar los procedimientos, hace ya 3 años que está en los juzgados...

Te dejo el enlace de la información: USTEA DENUNCIA el estancamiento en la resolución del concurso de acceso de la O.E.P. 2006/2007 de los grupos III-IV-V

http://asp-laborales.ustea.org/node/1499


Un saludo
Karissa
 
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor FLO » 19 Sep 2014 12:00

Tocaíto, cuando hablas de adjudicatarias, por ejemplo del grupo v, son adjudicatarias provisionales, no definitivas. No sé si ese matiz puede cambiar sustancialmente que puedas o no meterte en un proceso judicial individual, ya que hasta el listado definitivo no está seguro de poseer la plaza. Por ello yo entendería tu propuesta en el caso de adjudicatarios definitivos, en este caso me surgen dudas.

Normalmente, creo que la Junta, en personal laboral, una vez salen los adjudicatarios definitivos no suele tardar más de un año, el problema grave es que tardan una eternidad en llegar a los adjudicatarios definitivos. No sé si en ese sentido tendría cabida la reclamación individual.
Desde luego argumentos --morales, políticos, administrativos etc..-- hay o debe haber para denunciar esta tomadura de pelo, esa falta de respeto con todas las personas que han participado en los procesos. Ese engañar poniendo plazos cortos de resolución y incumplirlos una y otra vez. Creo, que aparte de lo judicial --que tendrán que buscar las formas más adecuadas los juristas-- hay que emprender una movilización contundente y unitaria de todos los trabajadores y trabajadoras y del conjunto de los sindicatos del personal laboral. Saludos.
FLO
 
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor omero10 » 19 Sep 2014 13:43

¿Tocaito ,el corta y pega ese que has puesto de donde lo has sacado?porque donde yo entro en la web empleado publico cuando pincho en esa oferta me salen 25 plazas de discapacitados en lugar de las 203.¿puedes poner enlace?gracias
omero10
 
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Re: resolución grupo V inmediata

Notapor tocaito » 19 Sep 2014 14:03

omero10 escribió:¿Tocaito ,el corta y pega ese que has puesto de donde lo has sacado?porque donde yo entro en la web empleado publico cuando pincho en esa oferta me salen 25 plazas de discapacitados en lugar de las 203.¿puedes poner enlace?gracias

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... 7/&c=56200

un saludo
tocaito
 
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