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ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 22 Sep 2014 23:46
por MARILOLI
BUENAS NOCHES. A VER SI ALGUIEN ME PUEDE DECIR CUANTOS DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS NOS CORRESPONDEN AL PERSONAL LABORAL DE CENTROS INFANTILES DE LA JUNTA (GUARDERÍAS INFANTILES).
MUCHAS GRACIAS.

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 23 Sep 2014 19:50
por trajanocabreado
Creo que tenemos cinco mas dos sábados que coinciden en festivos, algún compañero que lo confirme ó nos ilumine.

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 23 Sep 2014 23:56
por MARILOLI
Hasta hace unos días eran 8, pero se esta hablando de uno más, 9, lo he oído decir por mi guarde pero no oficialmente.

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 24 Sep 2014 07:21
por rafmanr
Mié, 17/09/2014 - 12:38
Publicada hoy la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, en la cual viene una modificación del EBEP relativa al aumento de los asuntos particulares, quedando en 5 días al año.

Tres. Se modifica la letra k) del artículo 48, que queda redactada como sigue:
«Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos.
(…)
k) Por asuntos particulares, cinco días al año.»

Entrada en vigor: 18/09/2014.

Nota: Este año 2014, al coincidir dos festivos en sábado, tenemos 7 días de asuntos particulares.

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 24 Sep 2014 10:04
por FLO
En escuelas infantiles tienen dos más que el resto, por acuerdo de horarios especiales. Por tanto con el nuevo aumento, este año quedaría efectivamente en 9 días.

5 (asuntos particulares) + 2 (de festivos en sábado) + 2 (del acuerdo escuelas infantiles)= 9 días

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 24 Sep 2014 21:57
por MARILOLI
MUCHAS GRACIAS A FLO POR TAN BUENA NOTICIA, Y TAN CONTRASTADA RESPUESTA.
UN SALUDO.

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 25 Sep 2014 12:20
por MIGUELA
Disposición adicional duodécima. Límites al permiso por asuntos particulares derivados
de los Acuerdos, Pactos y Convenios suscritos por las Administraciones Públicas.


La limitación que el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13
de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la
competitividad, establece respecto a los convenios, pactos y acuerdos para el personal
funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades,
vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referenciada a la nueva
redacción dada al artículo 48, letra k), de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público, por la presente Ley.

Aquí si habla de los laborales.

Pienso que las modificaciones del art. 48 también necesitan de un refrendo para que sea de aplicación a los laborales como se hace respecto al 48 con el art. 50.
Que pensáis? Lo decía porque me resulta chocante que solo mencione a "funcionarios públicos". Gracias.

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 26 Sep 2014 12:08
por Nola
A mi también me resulta extraño, porque solo menciona al funcionario publico y en ningún momento a los Laborales. En mi centro no me lo van a admitir cuando les enseñe este cambio en la ley pues para nada se menciona que también nos incumbe a los laborales.

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 26 Sep 2014 12:48
por MIGUELA
POR ESA MISMA RAZÓN HE PUESTO LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 12 DE LA LEY 15/2014 DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PUBLICO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 48 DEL EBEP POR EL QUE LE DAN A LOS FUNCIONARIOS 5 DÍAS DE AAP.

ESA DISPOSICIÓN DUODÉCIMA SÍ HABLA DE QUE EL LIMITE DE DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS PARA FUNCIONARIOS Y LABORALES SE ENTENDERÁ REFERIDOS A LA AMPLIACIÓN A 5 DÍAS DE AAPP DEL MODIFICADO ART. 48 LETRA K) DEL EBEP.

Re: ASUNTOS PROPIOS

NotaPublicado: 26 Sep 2014 13:23
por Pepag.
Hola buenas tardes para ir concretando dudas que tenemos, aclarar que son Empleados Públicos:
TÍTULO II
Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas
Artículo 8. Concepto y clases de empleados públicos.
1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.
2. Los empleados públicos se clasifican en:
a) Funcionarios de carrera.
b) Funcionarios interinos.
c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
d) Personal eventual.

La aprobación de este quinto día de asuntos particulares la tenemos por tanto los empleados públicos funcionarios o laborales. A estos cinco días que tienen nomenclatura de asuntos particulares añadimos 2 días, este año, por suceder dos días festivos nacionales que concurren en sábado.
Y por compensación horaria de las Escuelas infantiles añadimos 2 días más. Total de dias que los trabajadores/as de las escuelas infantiles que durante el año 2014 tenemos derecho son 9.
Saludos.