devolucion del 5%

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

devolucion del 5%

Notapor Paqui » 09 Dic 2010 22:33

Hola, me comentan varios compañeros de trabajo que ellos estan solicitando a la Junta, todos los meses la devolución del 5% que nos desquitan de la nómina, para que en un futuro si se ganan los recursos que han puesto los sindicatos en contra de esta medida, se les devuelva, ¿Hay que hacerlo? y si es así que pasa con los que no nos hemos enterado de que habia que reclamarlo mes a mes?
Paqui
 
Mensajes: 89
Registrado: 22 Jun 2009 23:09

Re: devolucion del 5%

Notapor bandido » 09 Dic 2010 22:40

Si te sientes más tranquila pues reclama tu también, pero no creo que esto funcione así, en el caso de se gane algún recurso el beneficio será para todo el personal que esté recogido en dicho recurso, es decir todos.
bandido
 
Mensajes: 119
Registrado: 06 Sep 2010 12:17

Re: devolucion del 5%

Notapor Karissa » 10 Dic 2010 00:14

Hola Paqui

No te preocupes, no es necesario haber reclamado todos los meses la devolución del 5%, como dicen tus compañeros. De hecho, puede llegar a ser un error si no se está muy bien asesorado, ya que si para el interesado se hubiere dictado resolución que, habiendo causado estado en la vía administrativa, fuere consentida y firme por no haber promovido recurso contencioso- administrativo será, entre otros motivos y en todo caso, desestimada la solicitud.

Por otra parte, si llegado el caso existiera sentencia firme estimatoria al respecto, se podrá solicitar la extensión de los efectos de la misma, siempre que concurran las siguientes circunstancias:
a. Que los interesados se encuentren en idéntica situación jurídica que los favorecidos por el fallo.
b. Que el Juez o Tribunal sentenciador fuera también competente, por razón del territorio, para conocer de sus pretensiones de reconocimiento de dicha situación individualizada.
c. Que soliciten la extensión de los efectos de la sentencia en el plazo de un año desde la última notificación de ésta a quienes fueron parte en el proceso. Si se hubiere interpuesto recurso en interés de ley o de revisión, este plazo se contará desde la última notificación de la resolución que ponga fin a éste”.

Un saludo
Karissa
 
Mensajes: 355
Registrado: 23 Oct 2010 13:23

Re: devolucion del 5%

Notapor Paqui » 11 Dic 2010 15:13

Hola, muchas gracias a los dos, la verdad es que hay muchos comentarios al respecto y éstos crean dudas.
Paqui
 
Mensajes: 89
Registrado: 22 Jun 2009 23:09


Volver a Foro de Información General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 12 invitados