manuelj escribió:Hola, los días de asuntos propios no se pueden denegar ni siquiera por necesidad del servicio según el convenio y menos si el turno está cubierto de todas formas que alguien del Comité de Empresa vaya y hable con el Director.
Eso de que no se pueden denegar, creo que no es cierto. Imagínate un centro de menores que todo su personal se pide la semana de navidad como asuntos particulares... No vendría Rubalcaba de inmediato a poner el ESTADO DE ALARMA (...y con razón!!)
Mira cuando solicitas un asunto particular que pone en el apartado 3: RESOLUCIÓN
Vista la petición formulada, el/la (2)
en uso de las facultades atribuidas en materia de personal por el/la (3)
RESUELVE:
AUTORIZAR
NO AUTORIZAR (se adjunta texto completo de la Resolución de no autorización).RECURSOS QUE PROCEDEN: PERSONAL FUNCIONARIO/INTERINO. Contencioso-Administrativo de acuerdo con lo previsto en los arts. 8, 14 y 46 de la Ley reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
PERSONAL LABORAL. Reclamación previa a la vía judicial laboral de conformidad con lo establecido en los arts. 69 de la Ley de
Procedimiento Laboral y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/adj-0006142R.pdf?v=&codigo=/system/bodies/Contenidos_Empleado/Contenido_General/TRAMITES_LABORALES/DERECHOS_DEBERES/Solicitudes/ContenidoGeneral_3113/0006142R.pdfCon esto, incluso te lo pueden denegar "porque les de la gana" --Resoluciones injustas se hacen todos los días--... Después busca un abogado, plantea una reclamación previa, al mes una demanda y espera sentado a que dicta un juzgado una sentencia para decir que tenías derecho a el asunto propio... Es un caso extremo, pero totalmente dentro de lo posible.
También debes conocer que el efecto del silencio administrativo en el caso de los asuntos particulares es POSITIVO al cabo de 15 días sin recibir contestación. Es importante por ello registrar la petición del asunto propio.
Un saludo.