Incumplimiento convenio colectivo

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Incumplimiento convenio colectivo

Notapor lampedusa » 21 Feb 2011 13:27

Pertenezco al personal laboral de la admón del Estado,me incoan un expte. disciplinario por una discusión con una compañera.Desde las actuaciones preliminares realizadas en Abril 2010,hasta la incoacción del expte. en septiembre 2010, se incumple el trámite,audiencia al interesado,trato de igualdad,información al denunciado de todo lo que transcurre, ni oral ni escrito, salvo una única nota de régimen interno que se me entrega en Abril, en la que se hace constar que se inician actuaciones preliminares.Alego para la prescripción del expte, el art. 81 del convenio colectivo para el personal laboral.Aún me tienen que enviar la resolución,He hablado con un compañero de la CIVEA, y me dice tranquilamente que están aplicando el estatuto de la función pública,en toda la documentación recibida, hacen ref. al convenio del personal laboral.¿Como puedo actuar, si en la resolución me sancionan después de 10 meses?¿No es la CIVEA, la garantista de que se cumpla el convenio? ¿El convenio no matiza y regula las reglas generales?¿No está firmado?¿Puede la administración no cumplirle?
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor Rafa Rivero » 21 Feb 2011 18:44

Creo que el convenio del que hablas es el de la Administración General del Estado ¿Es así? En principio este foro es para personal laboral de la Junta de Andalucía y nuestro convenio de la Junta de Andalucía puede tener diferencias importante con otros convenio de otras administraciones públicas, como puede ser el caso del convenio de la AGE, por lo que debes aclararnos a qué convenio haces referencia y además debe tenerse en cuenta lo recogido con carácter general en el Estatuto de los Trabajadores.

Con respecto a cómo actuar lo que debes controlar es que se han seguido todos los pasos que el convenio de referencia recoja para incoar expediente a algún trabajador y se han respetados los plazos en cada fase de la instrucción, se ha informado tanto a ti como expedientado así como a la representación de los trabajadores.Debes tener conocimiento del pliego de cargos para que si lo estimas convenientes propongas las pruebas que consideres para tu defensa que el instructor deberá aceptar o recvhazar motivadamente .

Una vez finalizada esta fase debe formularse por el instructor los hechos imputados, que se consideran son objetos de falta,la calificación de que se le otorga a esa supuesta falta (leve, grave, muy grave) y la propuesta de sanción. Una vez se tenga todos esos datos deben darte un plazo para alegar. Por último en un tiempo establecido deben elevarse propuesta de resolución al órgano correspondiente para que dicte la resolución. Por último en caso de que te llegue alguna resolución también habría que ver su motivación y el pié de recurso y es muy probable que si fuese necesario acudir a algún abogado laboralista.
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor lampedusa » 21 Feb 2011 21:36

En primer lugar, gracias por tu contestación Rafa,efectivamente hablo del convenio de la AGE, no he caido en los distintos convenios de las comunidades.Dicho esto, te diré por si me puedes dar tu opinión, o la de cualquier otro, que en la primera fase denominada por la propia admón como reza en el convenio "información preliminar", o desde que tiene conocimiento la empresa, transcurren 5 meses y 16 dias,entonces les entran las prisas y cuando pienso que ya está archivado, (pues no se me informa de nada), me remiten la incoación de expte y en ese mismo documento se dán de plazo 6 meses desde esa fecha, a continuación en el párrafo siguiente se vuelven a remitir al convenio único del personal laboral.
En dicho convenio, dice clarísimamente, en su art. 81 "en cualquier caso, desde el inicio del expte, incluida la información preliminar", hasta la resolución del mismo no podrán transcurrir más de 6 meses, salvo que el retraso fuese imputable al trabajador.
Con la tramitación del expte,no me voy a matar,ha sido surrealista,además de vulnerarse todos los derechos de cualquier trabajador (indefensión, negación de audiencia,trato desigual,desinformación,ocultación de toma de declaraciones,incluso dar información del tratamiento médico seguido.etc.¿Pueden saltarse el convenio y tener que ir a la justicia ordinaria?Porque es peor, la falta de dignidad, que la sanción en sí.Gracias.
lampedusa
 
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor Rafa Rivero » 21 Feb 2011 23:55

Por lo que comentas creo que ese expediente está prescrito por haber superado el periodo máximo que recoge le convenio colectivo de referencia para su resolución. Deberías ponerte en contacto con tus representantes para que te asesoraran y defendieran delante de la empresa argumentando la prescripción por los motivos comentados.

Con respecto a lo de saltarse el convenio, como poder no es que puedan es que ocurre con cierta frecuencia que se lo saltan.

Otro arma que tienes para hacedr valer el convenio es amenazarles con que si mantienen la incoación del expediente, saltándose los plazos máximos establoecidso para ellos les denunciarás en la inspección de trabajo, no sdolo por el problema de los plazos, sino por acoso laboral. Insisto en que para ello deberías buscar el apoyo de los representantes de los trabajadores, que te asesoren y acompañen en tus comparecerncias ante la empresa.
Rafa Rivero
 
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor lampedusa » 22 Feb 2011 00:58

Gracias,rafa,a esta hora,te agradezco especialmente tu comentario,quizas mañana te cuente para tu conocimiento y el del foro,los sucesos tan dificiles de creer y trascurridos en este procedimiento,nunca esta de mas.
un saludo.
lampedusa
 
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor lampedusa » 22 Feb 2011 21:44

Hola,hoy he recibido en el correo, y lo que pensaba que era la respuesta a mis últimas alegaciones con la resolución de expte y me ha dejado totalmente descolocado, hasta el punto que prefiero ser prudente y no contar ya la parte surrealista de dicho expte.En la respuesta me indican que mi pliego de cargos registrado en la Delegación del Gobierno con fecha de Octubre se perdió,no sé si en la delegación o en la inspección, desde luego yo tengo la copia de lo registrado, a pesar de que el trámite continuó en curso ahora vuelven atrás y me dicen que como se perdieron 2 meses (no fué ese tiempo ni mucho menos), pues yo mismo volví a mandar copia a los pocos dias,"que a petición del instructor y como objeto de un mejor análisis de los hechos acaecidos y dado por otra parte que no se perjudican los derechos de terceros,y al amparo de lo dispuesto en el art. 49.1 y 3 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre,de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (27 de nov),esta subsecretaría ha resuelto ampliar en 3 meses el plazo previsto para resolver y notificar el procedimiento disciplinario que se le ha incoado ".

¿Alguien entiende algo?¿Me podeis dar alguna opinión?,porque 1º ellos mismos se marcan 6 meses de plazo porque han tardado 5 y medio en comenzar la incoación del expte. saltandose a la torera el convenio y ahora se aplican 3 meses más,con lo cual nos vamos a más de 1 año.¿Me están vacilando?¿Quieren acabar con mi paciencia haber si denuncio algo?no entiendo nada, pero me están jorobando.Sí estoy asesorado juridicamente,pero bienvenida sean todas las opiniones.
Gracias
lampedusa
 
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor Karissa » 23 Feb 2011 01:14

Hola Lampedusa,
El artículo 81 de tu convenio colectivo se refiere en todo momento a la PRESCRIPCIÓN no a CADUCIDAD.
Puntualizado el matíz, te comento:
Los plazos de PRESCRIPCIÓN quedan interrumpidos desde la fecha de la notificacion del acuerdo de incoación (septiembre 2010, según los datos que aportas) hasta la fecha de resolución.
Por otra parte es correcto en virtud del artículo 49.1 y 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la ampliación de los términos y plazos, como tú mismo haces mención.
A mí entender, se ajusta a derecho el trámite de tu expediente en lo que se refiere a plazos, sin entrar detalles de los principios que informan el procedimiento sancionador, para lo que no tengo elementos de juicio.

Si tu convenio hablara de CADUCIDAD, los cómputos de plazos variarian ya que éstos no se interrumpen.

Espero que lo tengas un poquito más claro y te deseo que te impongan la sanción mínima que corresponda a la falta cometida.

Saludos y suerte.
Karissa
 
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor lampedusa » 23 Feb 2011 10:44

Hola karissa,gracias por tu respuesta,en primer lugar te diré que la falta cometida es de respeto a un compañero,sin mediar en la discusion ni amenaza,ni insulto,ni por supuesto agresión,no me extenderé, pero lógicamente hay algo más que esconder en todo esto y un mensaje que llega mucho más allá de la sanción es decir:(encima soy yo el que te denuncia a ti y ni os movais que llamo a estos que son peores que yo, no me refiero al compañero, sino al que lo tramita).
En segundo lugar te diré que me he remitido a la ley30/1992 y en su disposicion octava.procedimiento disciplinario.
Los procedimientos de ejercicio de potestad disciplinaria de las administraciones públicas respecto del personal a su servicio y de quienes estén vinculados a ellas por una relación contractual se regirán por su normativa especifica,no siendoles de aplicación la presente ley.
Creo que lo deja bien claro, salvo que alguien me comente algo en contra....
Un saludo.
lampedusa
 
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor Karissa » 23 Feb 2011 23:04

Hola Lampedusa,

Tu convenio colectivo titula su Artículo 93 Derecho supletorio, el cual dicta:
“En todo lo no previsto en el presente Convenio se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resulten de aplicación”.

El Derecho supletorio lo forman aquellas normas de un ordenamiento jurídico que tienen la facultad de regir situaciones que no le son específicamente propias y se extiende a todos aquellos aspectos no regulados por un derecho específico, cubriendo las posibles lagunas jurídicas. (Ejemplo, nada regula el convenio en cuanto a ampliación de plazos en el procedimiento disciplinario)

La cuestión es que se provoca una ficción jurídica que sólo un juez puede dirimir.

Es muy complejo saber que interpretación hace la administración. Por lo que expones, considera la ley 30/92 derecho supletorio.

De cualquier forma, “con la Administración hemos topao”. Mejor que sigas en manos de tus asesores jurídicos. Las leyes no son rígidas, tienen tantas interpretaciones como juristas las analizan y buena prueba de ello es, todo cuanto está aconteciendo en la Función Pública de Andalucía.

Por último, aunque el tema me resulta muy interesante y da para mucho, entiendo que este no es el foro apropiado para seguir plantando cuestiones, al ser éste específico de laborales de la Junta.

Aprovecho para dar las gracias a todos los foreros y, especialmente a los moderadores, por la dejarnos expresarnos con total libertad cualquier temática.

¡GRACIAS!

Un Saludo,
Karissa
 
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Re: Incumplimiento convenio colectivo

Notapor lampedusa » 24 Feb 2011 10:54

Gracias Karissa, te agradecería una última aclaración para cerrar el tema,en la notificación de resolución de expte. en septiembre ( 5 meses después de las actuaciones preliminares), la propia admón en esta notificación me indica literalmente "del referido expte,cuyo plazo máximo de resolución es el de 6 meses. contados a partir del 6 de sept.2010,fecha en que se dispone la incoación".Y esto lo escriben y lo firman.¿Tiene esto defensa?Un saludo.
lampedusa
 
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