por Rafa Rivero » 23 Abr 2011 12:07
Parece que los inspectores educativos se están atribuyendo competencias mas allá de lo que es propio de su labor de inspección EDUCATIVA, y están pasando muchos de ellos a inmiscuirse en cuestiones propias de la comisión de convenio o en todo caso de la inspección laboral, pues ellos no tiene entre sus competencias la de interpretar el convenio del personal laboral ni alterar las funciones recogidas en el convenio para para cada categoría profesional y este caso sería algo que debería verse en la subcomisión de Educación y comisión de convenio. No es el sistema de organización establecido el de que en cada clase haya un educador y una TSEI, pues eso implicaría aumentar el nº de educadores infantiles a tantos como grupos de niños haya en cada escuela infantil, cuando lo que existe es un educador por escuela infantil y donde hay más de uno todos los que están de más se consideran "a extinguir". Está claro por tanto que la organización que tiene establecida la Consejería de Educación para las escuelas infantiles (la misma que había en Igualdad) no coincide con lo que ese inspector ha planteado.