COMISION DE CONVENIO

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

COMISION DE CONVENIO

Notapor demeric » 02 Jul 2011 13:35

Que paso en la reunion del dia 30 de junio de la comision de convenio referente al tema de salud laboral, gracias
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Re: COMISION DE CONVENIO

Notapor antonio arriero » 02 Jul 2011 19:22

Este es un resumen que ha mandado CCOO.
INFORMACIÓN COMISIÓN DE CONVENIO
Celebrada el 30 de junio de 2011

ACTAS

Se aprueban con modificaciones el acta de la última sesión de Comisión de Convenio y las actas de las dos últimas sesiones de la Subcomisión de Salud laboral. En el acta Nº 24 de esta Subcomisión, CCOO alega que no se ha reflejado nuestra propuesta de que las adjudicaciones por salud laboral de plazas de inferior categoría, se realicen de manera definitiva y no provisional.



MODIFICACIÓN RPT EMPLEO. SAE

Se denuncia desde CCOO la solicitud de voluntariedad realizada en diferentes provincias de diferente manera en cada una de ella.
CSIF solicita que los representantes sindicales sean los últimos en ser transferidos a la agencia.
CCOO se ratifica en la planteado en la SVDPT y anuncia que llevará a cabo acciones jurídicas en contra de la inclusión de personal adscrito actualmente a las Delegaciones y Servicios Centrales de la Consejería y que serían transferidos a la Agencia de régimen especial SAE.
Desde CCOO consideramos que, si bien en la DT 4ª ap. b) del Decreto Ley 5/2010 se contemplaba la integración de personal laboral que desempeñara funciones asumidas por la agencia, este apartado fue suprimido y no aparece en la ley 1/2011. No fue suprimido por casualidad, forma parte de los acuerdos que modificaron el decreto ley y que están siendo incumplidos en este caso por la administración, por lo tanto, no se da la aprobación por parte de CCOO.

Por otro lado, no están claros los criterios que se han utilizado. Hay importantes diferencias en las diferentes provincias. Se transfiere a la agencia personal con categorías difícil de entender que estén realizando “funciones SAE”: Ordenanzas, Conductores, Oficial 1ª Oficios, etc.







ORDEN POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LA POTESTAD DISCIPLINARIA DE LOS DIRECTORES Y DIRECTORAS DE CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA RESPECTO DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LOS RESPECTIVOS CENTROS EDUCATIVOS.

CCOO plantea que el borrador de Orden no recoge las garantías del propio Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía en cuanto a los “Derechos de las Organizaciones Sindicales y afiliados”, amplía los deberes y obligaciones del personal laboral establecidos en el mencionado Convenio Colectivo a los recogidos en los “Reglamentos orgánicos de centros así como los que se establezcan en el Plan de Centro correspondiente”, cercenando así lo acordado en la negociación colectiva y dejando en manos de las direcciones de los centros la imposición de deberes y obligaciones al personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria.
Para CCOO esta Orden no contribuirá a la creación de un mejor ambiente de trabajo, sino que por el contrario tenderá a enrarecer el clima de los mismos. Hay aspectos de la LEA cuyo desarrollo debiera haber sido más prioritario que esta cuestión.

Por ello CCOO rechaza el borrador de Orden que se ha presentado.

Al hilo de algún comentario del D. Gral. De Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, CCOO replica que el mecanismo de control de horario en los centros educativos, ha de ser el mismo para todo el personal, sea funcionario o laboral, docente o de administración y servicios educativos y complementarios.


PROYECTOS DE DECRETOS POR LOS QUE SE REGULAN LOS REGLAMENTOS ORGÁNICOS DE DETERMINADOS CENTROS ADSCRITOS A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN.

CCOO inicia su intervención indicando que los ROCs de los centros de infantil y primaria y de secundaria, no vinieron a esta Mesa y su aplicación está sirviendo para conculcar derechos de los trabajadores y trabajadoras, como es el caso del CEE Jean Piaget de Armilla, en cuyo ROF se han introducido elementos contrarios a lo recogido en Convenio, caso de funciones de Educadoras y Educadores donde han incluido las existentes en 1985 anteriores a la firma del I Convenio. El Director General reconoce que eso es nulo y propone la intervención de la Inspección Educativa al respecto para corregirlo.





Tras indicar que los ROC no han de ser usados como instrumentos contrarios a los derechos del personal, CCOO hace una mención especial al de Residencias Escolares por su especificidad y propone la participación de educadoras y educadores y monitoras y monitores de residencia en la Junta de Coordinación de actividades. Una proporción acorde con el nº de representantes de las plantillas de personal educativo y de administración y servicios en los órganos de participación.
El plan de centro en su conjunto, debe ser aprobado por la Junta de Coordinación de actividades y que la dirección de las residencias escolares sea elegida siguiendo los criterios democráticos que se siguen en todos los centros educativos.

Finalmente CCOO, pide una Red de Residencias Escolares dependientes de la Consejería de Educación acorde con las necesidades del siglo XXI. Y asimismo, CCOO insta a la Consejería de Educación a que realice un estudio del personal y plantillas de las residencias escolares para adaptar las mismas a las necesidades de estos centros

CONFLICTO COLECTIVO INTERPUESTO POR EL COMITÉ DE EMPRESA DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO EN CÁDIZ, EN RELACIÓN CON EL CALENDARIO LABORAL CORRESPONDIENTE A LA RESIDENCIA DE TIEMPO LIBRE DE LA LÍNEA.

Se acuerda realizar una reunión de Subcomisión de Empleo para intentar llegar a un acuerdo.


BOLSAS DE TRABAJO Y BOLSAS COMPLEMENTARIAS.

La Administración comenta que va a baremar las categorías y provincias en las cuales no existen bolsas y se está recurriendo al SAE.
CCOO solicita de nuevo que se incluyan en las bolsas complementarias al personal que cesa como resultado de la resolución del concurso de promoción al estar sustituyendo a una persona que tiene movilidad por salud laboral. Estas personas al promocionar, provocan dos ceses: el del temporal que ocupa la plaza a la que promociona y a la persona que le sustituye en su puesto de origen. También solicitamos que se incluya el personal cesado en circunstancias similares y que sean cesados como resultado del concurso de promoción, las personas que sustituyan a liberados/as sindicales e Incapacitad Temporal. La administración y el resto de sindicatos manifiestan que tienen que estudiarlo y se incluirá en la próxima comisión de convenio.
CCOO plantea que el acuerdo de bolsas se aplique al concurso de traslado en curso. SE APRUEBA POR TODAS LAS PARTES.





REQUISITOS DE TITULACIÓN EN DETERMINADAS CATEGORÍAS PROFESIONALES.

El acuerdo de titulaciones no se ha adaptado a las reformas realizadas últimamente en el sistema educativo y profesional. CCOO viene proponiendo desde hace tiempo la adaptación de las categorías a las cualificaciones profesionales y certificados de profesionalidad contemplados en la ley.
CCOO considera que se están dando numerosas disfuncionalidades en la aplicación del acuerdo de titulaciones. Habría que modificar alguno de sus apartados pero, al parecer, no es posible con el convenio prorrogado.
Sin embargo, si es urgente interpretar y aclarar que titulaciones superiores pueden ser equivalentes.
Ha ocurrido un caso en Educación de Córdoba, donde a una integrante de la bolsa 2003/05 de Cocinera, se le ha excluido a pesar de tener el título de Técnico Superior en Restauración (que incluye la mayor parte de la formación que compone los módulos de la titulación exigida de Técnico). Esta persona cumple el resto de requisitos que se contemplan en el Convenio: Curso y Experiencia (cuatro años).
La Administración defiende una aplicación estricta del acuerdo de 2005.

La situación que se produce ante la aplicación estricta del acuerdo de titulaciones es que el personal que salga desplazado no podrá volver a trabajar en la Junta de Andalucía por no tener el requisito de titulación exigida y tampoco podrá acceder a la condición de fijo, a pesar de llevar, en algunos casos, mas de diez años trabajando en la categoría.

RUEGOS Y PREGUNTAS

Guadalquivir. CCOO solicita información de la repercusión de la reciente sentencia sobre la transferencia del Guadalquivir. La administración afirma que se encuentra en la actualidad siendo objeto de estudio jurídico. CCOO solicita que antes de que se lleven a cabo actuaciones que pudieran repercutir en el personal transferido se convoque a la Comisión de Convenio. Esta convocatoria podría realizarse a primeros de septiembre.

Personal transferido de gestión de litoral. CCOO vuelve a plantear los diversos problemas que se dan respecto a este personal. Se están dando problemas para la ejecución de funciones debido a la categoría que se les ha asignado en la Junta de Andalucía. Por otro lado, una persona con categoría de Ordenanza que no cobra el CPT que le corresponde. Función Pública afirma que se van a enviar sendos escritos a gestión económica y a la Consejería de Medio Ambiente.

Limpiadoras Consejería G. y Justicia. CCOO vuelve a plantear que se amplíe la jornada de las Limpiadoras a tiempo parcial cuando se abra un nuevo juzgado, como es el caso de Linares y que no se recurra a empresas privadas. Función Pública enviará un escrito a la Consejería de Gobernación y Justicia.

Turnicidad. CCOO solicita información sobre la situación peticiones turnicidad. Está habiendo problemas con las intervenciones provinciales. Nos informarán en la próxima subcomisión.

Cese promoción. Se recuerda que para discernir que persona ha de salir desplazada, y en consecuencia cesada, en los casos en que un código multipuesto esté ocupado por más de una de una persona y nos exista vacante libre y dotada, se seguirán los siguientes criterios:
• Al periodo de permanencia en el código de puesto en el que actualmente estén contratadas, resultando desplazado quien haya accedido al mismo en fecha más reciente.
• De persistir el empate, se acudirá a la antigüedad total como personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, resultando desplazado quien tuviera manos antigüedad.
• Antigüedad en otras Administraciones Públicas.
• De no resolverse el empate, se deslucirá tomando la letra inicial del primer apellido y siguiendo el orden alfabético por la letra vigente en sorteo público.

Todo esto deja claro que aquella persona que haya estado trabajando en el SAS este tiempo, no puede ser reconocido como antigüedad total como personal laboral de la Junta de Andalucía.

Negociación VII Convenio. CCOO exige, EN SOLITARIO, UNA VEZ MÁS, que se reanude de inmediato la negociación del nuevo convenio. CCOO ES EL ÚNICO SINDICATO QUE NO HA FIRMADO LAS PRÓRROGAS DEL VI CONVENIO. La administración se niega a reiniciar de momento la negociación.

Planes de Prevención. CCOO informa de la denuncia presentada por el sindicato contra todas las Consejerías por la inexistencia de planes de prevención, evaluación de riesgos, medidas preventivas, órganos de seguridad y salud, etc.

Acumulación de plazas no cubiertas por promoción al concurso de acceso. Propuesta realizada en solitario por CCOO, en base a lo contemplado en la convocatoria de la OEP. CCOO propone que se incluya en el próximo orden del día de la Comisión para que se pronuncien todas las partes. La Administración dice que podría retrasar la resolución del concurso de acceso.
Estamos hablando de la consolidación de unos 250 puestos de personal temporal. Más de 95 ordenanzas podrían ser fijas en este concurso si se aprueba la propuesta de CCOO.
Compensación 24 y 31 diciembre en escuelas infantiles: desde la Consejería de Educación manifiestan que van a consultarlo a su gabinete jurídico.
antonio arriero
 
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Re: COMISION DE CONVENIO

Notapor JOAQUIN » 02 Jul 2011 21:57

Que estudiarán en su gabinete jurídico el tema de los días 24 y 31 de diciembre para los/as trabajadores de las Escuelas Infantiles? Pues viene bien claro y publicado en el BOJA nº 20, de 31 de enero de 2006, y sin hacer ningún tipo de distinción en cuanto al centro de trabajo:

RESOLUCION de 12 de enero de 2006, de la Direcci‘n General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripci‘n, dep‘sito y publicaci‘n del Acuerdo de 21 de diciembre de 2005, de la Comisi‘n del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administraci‘n de la Junta de AndalucŒa, que modifica el artŒculo 36.5.1 del (C‘d. 7100812).

Visto el Acuerdo de la Comisi‘n del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administraci‘n de la Junta de AndalucŒa, que modifica el artŒculo 36.5.1 del (C‘d. 7100812),
recibido en esta Direcci‘n General de Trabajo y Seguridad Social en fecha 29 de diciembre de 2005, suscrito por la representaci‘n de la empresa y la de los trabajadores con fecha de 21 de diciembre de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el artŒculo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Dep‘sito de Convenios Colectivos de Trabajo, Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias y Decreto de la Presidencia de la Junta de AndalucŒa 11/2004, de 24 de abril, sobre Reestructuraci‘n de ConsejerŒas, esta Direcci‘n General de Trabajo y Seguridad Social, R E S U E L V E
Primero. Ordenar la inscripci‘n del mencionado acuerdo en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de mbito interprovincial con notificaci‘n a la Comisi‘n Negociadora
Segundo. Remitir un ejemplar del mencionado Convenio al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su dep‘sito.
Tercero. Disponer la publicaci‘n de dicho Convenio en el BoletŒn Oficial de la Junta de AndalucŒa. Sevilla, 12 de enero de 2006.- El Director General, Francisco Javier Guerrero BenŒtez.
ACUERDO DE LA COMISION DEL VI CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE ANDALUCIA POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTICULO
36.5.1 DEL VI CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE ANDALUCIA
En Sevilla, a 21 de diciembre de 2005.
R E U N I D O S
De una parte, doa MarŒa Josˆ L‘pez Gonzlez, Consejera de Justicia y Administraci‘n P–blica de la Junta de AndalucŒa, con la representaci‘n legal que por su cargo tiene atribuida;
De otra, don Antonio Tirado Blanco, Secretario General de la Federaci‘n de Servicios P–blicos de UGT de AndalucŒa; don Felipe Falc‘ Hornos, Secretario General de la FSAP de CC.OO. de AndalucŒa; doa Alicia Martos G‘mez-Landero, Presidenta del Sector Auton‘mico de Administraci‘n General de la Junta de AndalucŒa de CSI-CSIF; con la representaci‘n legal
que por sus cargos tienen atribuida:

E X P O N E N
El tiempo transcurrido desde la firma del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administraci‘n de la Junta de AndalucŒa, ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir
cambios en el rˆgimen de permisos regulado en su artŒculo 36, con objeto de facilitar la conciliaci‘n de la vida familiar y laboral del personal incluido en su mbito de aplicaci
‘n. Por ello, las partes firmantes del VI Convenio Colectivo reconocen la necesidad de introducir dichos cambios y, con el fin de homogeneizar el rˆgimen de permisos del personal
al servicio de la Junta de AndalucŒa en el mbito de la Administraci‘n General, la procedencia de modificar el artŒculo 36.5.1 del vigente Convenio Colectivo, para acomodarlo a
los Acuerdos adoptados en esta materia.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artŒculo 9.4 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administraci‘n de la Junta de AndalucŒa, la Administraci
‘n de la Junta de AndalucŒa y las Organizaciones Sindicales integrantes de la Comisi‘n del Convenio, por mayorŒa de cada una de las partes, acuerdan lo siguiente:
Primero. Modificaci‘n del artŒculo 36.5.1, que pasa a tener la siguiente redacci‘n: «Quienes presten servicio los dŒas 24 y 31 de diciembre disfrutarn de dos dŒas de descanso por cada uno de ellos, pudiendo ser acumulados al perŒodo de vacaciones. Cuando los dŒas 24 y31de diciembre coincidan en festivo, sbado o dŒa no laborable, se aadirn dos dŒas adicionales
de permiso por asuntos particulares y acumulables a los previstos en el apartado 1.2.1. Esta compensaci‘n es incompatible con los dŒas de descanso por prestaci‘n de servicios
durante los dŒas 24 y 31 de diciembre.»
Segundo. Clusula adicional. Los dos dŒas adicionales de permiso por asuntos particulares
correspondientes a los dŒas 24 y 31 de diciembre de 2005 podrn disfrutarse hasta el 31 de marzo de 2006.
Tercero. Clusula final. El presente Acuerdo entrar en vigor el mismo dŒa de
su publicaci‘n en el BoletŒn Oficial de la Junta de AndalucŒa.

Firmado: M.ã Josˆ L‘pez Gonzlez, Consejera de Justicia y Administraci‘n P–blica; Antonio Tirado Blanco, Secretario General de la Federaci‘n de Servicios P–blicos de UGT de AndalucŒa; Felipe Falc‘ Hornos, Secretario General de la FSAP de CC.OO. de AndalucŒa; Alicia Martos G‘mez-Landero, Presidenta del Sector Auton‘mico de Administraci‘n General de
la Junta de AndalucŒa de CSI-CSIF.
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Re: COMISION DE CONVENIO

Notapor cordoba » 04 Jul 2011 16:35

Y que se dijo del acceso que tanto estamos esperando
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Re: COMISION DE CONVENIO

Notapor silosenovengo » 05 Jul 2011 10:33

En información recibida por un Delegado sindical de CCOO sobre la reunión de la Comisión del Convenio del día 30 de Junio ponía lo siguiente:
MODIFICACIÓN RPT EMPLEO. SAE CSIF solicita que los representantes sindicales sean los últimos en ser transferidos a la agencia.
Poniendo a parte, la buena o mala fé de CCOO en esta afirmación, y partiendo que CSIF no ha mencionado en sus comunicados esta solicitud, desearía que me dieran por este foro, que entiendo que es bastante arbitrario o por lo menos debería de serlo, si es correcto que se beneficie a Delegados y liberados sindicales en el tema de la agenciación en detrimento de otros trabajadores que con mas antiguedad y derecho a quedarse en su puesto de trabajo pueden verse afectados. Gracias.
silosenovengo
 
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Re: COMISION DE CONVENIO

Notapor loles » 05 Jul 2011 13:53

SWEGUN CSI.F ESTE ES EL INFORME DE LA COMISION DE CONVENIO



INFORME DE LA COMISIÓN DEL CONVENIO REUNIDA EL DÍA 30 DE JUNIO DE
2011




1.- Lectura y aprobación, en su caso, del acta correspondiente a la sesión
anterior, de 1 de junio de 2011.

Se aprueba.



2.- Lectura y aprobación, en su caso, de las propuestas contenidas en las actas
de la Subcomisión de Salud Laboral de las dos últimas sesiones.



Desde la Dirección General de RR.HH y FP, remitirán texto definitivo respecto al
acta nº 24, al no coincidir en los mismos términos la propuesta recogida en dicha
acta con lo adoptado en la propia Subcomisión de Salud Laboral.



3.- Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía,
correspondiente a la Consejería de Empleo y al Servicio Andaluz de Empleo
(Expte. 32/11)





En CSI-F no tenemos vuelta atrás en nuestra postura que se resume en lo
siguiente y que ya se planteó en la Subcomisión de Valoración y Definición del
pasado día 27:



- Nuestra total disconformidad con la adscripción a la Agencia del SAE de
plazas que son y están en la relación de puestos de trabajo de la
Administración General de la Junta de Andalucía.






- Estamos en contra de adscribir puestos de las Delegaciones Provinciales de
Empleo, por determinar la Consejería que sus funciones son propias de SAE,
cuando ya previamente en caso de que lo fuesen les vino impuesto y con
carácter obligatorio.








- Damos traslado de la opinión de los propios trabajadores afectados que no
entienden porqué a unos sí y a otros no, se les adscribe, si tienen el mismo
código, considerando el planteamiento aplicado inicial totalmente
discriminatorio. No ven que todos tengan las mismas opciones.


Se preguntan porqué la Administración no ha trabajado en otra fórmulas para
evitar su adscripción a la Agencia.






- Evidenciamos aberraciones y/o errores como, por ejemplo, trabajadores que
solicitaron en anterior concurso de traslado ocupar plazas en las Delegaciones
Provinciales de Empleo y no en las oficinas SAE, precisamente por la
voluntariedad de no prestar sus servicios en éstas; o bien, no tener en cuenta
situaciones contempladas en la Ley Orgánica de libertad sindical, de cuales


códigos informaremos a la representación de la Consejería de Empleo para que lo
compruebe y proceda a su rectificación.



- Reiteramos que los trabajadores NO HAN RECIBIDO COMUNICACIÓN ALGUNA
SOBRE SU ADSCRIPCIÓN.



- Solicitamos a la Presidencia de la Subcomisión, por ser este ámbito centralizado
y relacionado con el asunto, atienda a nuestra solicitud de información sobre
personal adscrito a Agencia SAE,

denunciando una serie de hechos al respecto.



- CSI-F considera importantísimo que la Administración cumpla con la entrega
de los datos solicitados para comprobar, con la transparencia y la certeza que
los trabajadores de la Administración General necesitan y merecen, si hay
igualdad de condiciones laborales respecto del personal integrado ó como
nosotros consideramos, sí se produce un agravio comparativo, por existir una
política discriminatoria contra los que consideramos auténticos empleados
públicos.






- CSI-F NO APRUEBA ESTA PROPUESTA.





4.- Orden por la que se regula el procedimiento para el ejercicio de la potestad
disciplinaria de los directores y directoras de centros públicos de educación no
universitaria respecto del personal que presta servicios en los respectivos
centros educativos.



Estaremos vigilantes en cuanto al procedimiento sancionador por ya regularse en
el VI Convenio Colectivo, en el EBEP y en el Estatuto de los Trabajadores.



5.- Proyectos de Decretos por los que se regulan los Reglamentos orgánicos de
determinados centros adscritos a la Consejería de Educación.



CSI-F resalta que no se tratan las categorías profesionales de Personal Laboral de
forma individualizada y concreta según la catalogación del Convenio Colectivo
sino agrupándolas con otra nomenclatura diferente que no ha sido creada en el
Convenio ni aprobada en Comisión del Convenio. Exponemos que el Decreto deja
sin contenido a la categoría de Monitor Residencia Escolar.



6. Conflicto colectivo interpuesto por el Comité de Empresa de la Delegación
Provincial de la Consejería de Empleo en Cádiz, en relación con el calendario
laboral correspondiente a la RTL de la Línea.



Convocarán próxima Subcomisión de Empleo para tratar el asunto.












7.- Bolsas de trabajo y Bolsas complementarias.



Continuamos denunciando la no baremación de las Bolsas de trabajo, y por ello, la
necesidad de realizar la selección de vacantes por medio de oferta de trabajo al SAE.
La Administración nos habla de lo costoso, en dinero y recursos humanos, del trabajo
de baremar expedientes para las bolsas, y que se centrará en baremar aquellas
categorías laborales más demandadas.



Como viene proponiendo CSI-F en sesiones anteriores, se acuerda por la Comisión, la
extensión del Acuerdo de Creación de Bolsas Complementarias a la resolución del
próximo concurso de traslados.



8.- Requisitos de titulación en determinadas categorías profesionales.



Se adjunta un cuadro informativo sobre los requisitos de titulación y/o experiencia
en los procesos selectivos que se detallan en el mismo; ha sido elaborado por la
DGRRHH y Función Pública y entregado a esta Central sindical a 30 de junio de 2011.



CSI-F entiende que el acuerdo de categorías profesionales de 2005 conllevaba un
primer cuadro de titulaciones y equivalencias que queda sustituido por éste y que la
postura adoptada por la Administración perjudica al personal contratado desde 2005,
en aquellas categorías profesionales donde los requisitos de titulación NO fuesen
coincidentes (en ambos cuadros) y cuyas consecuencias son palpables en los procesos
selectivos.

Función Pública lo ha remitido a las Delegaciones Provinciales para que lo apliquen
con la intención de aclarar el asunto.





9.- Ruegos y preguntas:




Preguntamos por la situación en que se encuentran los procesos selectivos
pendientes de resolverse. La Administración nos traslada la siguiente información:

Acceso a la laboral fijo del Grupo III: Pretenden tener el listado provisional para la
primera quincena de julio.

Acceso a la laboral fijo del Grupo IV: Aunque pretenden tener el listado provisional
para la primera quincena de julio, parece que se va a retrasar y esperan que, al
menos, esté durante el mes de julio.

Acceso a la laboral fijo del Grupo V: Pretenden constituir la comisión de baremación
lo antes posible.





-Solicitamos información sobre la selección de personal que está llevando al cabo el
SAE, para la realización de 304 contratos de carácter temporal. Se trata de seleccionar
a una serie de trabajadores/as con la categoría laboral de Formador de Formación
Ocupacional (tareas que no están reflejadas en ningún catálogo de puestos de trabajo
ni en nuestro Convenio Colectivo), a través de Oferta Genérica al SAE con un perfil
muy determinado y que serán contratadas por el propio SAE.

Exigimos transparencia en el proceso selectivo y, sobre todo, que se garanticen los
principios de igualdad, mérito, capacidad y PUBLICIDAD.


La Directora General de RR.HH. y Función Pública nos dice que desconoce la selección
y que se informará. Desde CSI-F estaremos vigilantes y esperamos nos informen
sobre el asunto.



-Preguntamos por el recorte en la asignación presupuestaria del vestuario del
personal laboral dependiente de la Delegación de Agricultura y Pesca de Málaga, han
pasado de los 525 euros de los últimos años a los 300 de éste. El argumento de la
Delegación en Málaga es que se ha repartido entre más personas (funcionarios y
laborales que antes no lo recibían).

La Administración nos comunica que el Convenio Colectivo no habla de cantidades de
dinero, sino de prendas a recibir y si se considera que ahora con esa cantidad se
atiende a las necesidades de vestuario no se debe asignar más.







CSI-F DEFIENDE LO PÚBLICO

loles
 
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