Cuantía Ayudas Acción Social 2011: recortes y con límites

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Cuantía Ayudas Acción Social 2011: recortes y con límites

Notapor JOAQUIN » 21 Jul 2011 11:32

Ha salido publicado en el BOJA de hoy, 21 de julio:

http://www.juntadeandalucia.es/boja/bol ... df/d14.pdf

Por Orden de la Consejera de Justicia y Administración
Pública de 18 de abril de 2001 (BOJA de 10 de mayo de
2001), se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social
para el personal al servicio de la Administración de la Junta de
Andalucía.
La disposición adicional primera de la Orden mencionada,
en relación con el Decreto 133/2010 de 13 de abril (BOJA
núm. 71, de 14 de abril de 2010), que establece la estructura
orgánica de esta Consejería, faculta a esta Dirección General
para determinar las cuantías de las diversas ayudas en cada
ejercicio económico y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias
en desarrollo y aplicación de la referida norma.
Sevilla, 21 de julio 2011 BOJA núm. 142 Página núm. 41
En su virtud, una vez cumplido lo establecido en los artículos
33.1 y 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público, y 6 del Reglamento de Ayudas
de Acción Social, esta Dirección General
R E S U E L V E
Publicar las cuantías de las ayudas de actividad continuada
que regirán para este ejercicio 2011, cuyos importes se
recogen en el Anexo I de esta resolución, y que se aplicarán
a las solicitudes que se presenten desde el 1 de enero al 31
de diciembre del presente año, así como determinar que las
cuantías de las modalidades de ayudas sometidas a convocatoria
pública serán fijadas en la correspondiente convocatoria,
previa la preceptiva negociación.
Contra lo establecido en la presente resolución, que agota
la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:
El personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso
de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación,
de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Sevilla, o ante el Juzgado en cuya
circunscripción tuviera el demandante su domicilio, a elección
de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido
en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El personal laboral podrá interponer reclamación previa a
la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos
120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y 69 y siguientes del Real Decreto
Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Sevilla, 6 de julio de 2011.- La Directora General, Isabel
Mayo López.
ANEXO I
1. Modalidad de ayuda Médica, Protésica y Odontológica.
Tal y como dispone el artículo 13.2 del Reglamento de
Ayudas de Acción Social, por cada submodalidad de prótesis
o acto médico sólo se podrá obtener una ayuda por ejercicio
y persona beneficiaria, salvo que la misma resulte necesaria
según prescripción facultativa, por suponer modificación respecto
a la situación anterior.
Conforme a lo previsto en el artículo 7.2 del mismo texto
legal, se establece un importe total máximo a percibir de 400
euros por el total de ayudas médicas, protésicas u odontológicas
que cada persona empleada solicite durante 2011, tanto
para sí misma como para el resto de personas beneficiarias
de su unidad familiar, con independencia de que el pago se
produzca en ese año o en el siguiente. Dicho tope se elevará a
900 euros cuando entre las ayudas solicitadas se encuentre el
concepto de tratamiento de reproducción asistida, previsto en
el apartado f) de este Anexo.
Como personas beneficiarias se consideran la persona
solicitante y sus hijos e hijas menores de 25 años o mayores
discapacitados. Se equiparan a los hijos e hijas, los menores
en acogimiento familiar.
Para el personal incluido en el Régimen Especial de Funcionarios
de la Administración Civil del Estado, gestionado por
MUFACE, se tendrá en cuenta, a efectos de cálculo del importe
total máximo a percibir durante 2011, la cantidad que esa mutualidad
les abone por cualquier concepto médico solicitado.
Se abonarán los importes que para cada concepto se detallan,
salvo que el importe de la factura sea inferior, en cuyo
caso se abonará éste.
a) Submodalidad de prótesis dentarias. Conceptos que la
integran:
- Dentadura completa: se concederá 302 euros.
- Dentadura superior: se concederá 151 euros.
- Dentadura inferior: se concederá 151 euros.
- Prótesis parcial: se concederá 19 euros por cada prótesis,
con un importe máximo a abonar de 57 euros por persona
beneficiaria.
- Endodoncias: se concederá 67 euros por cada endodoncia,
con un importe máximo a abonar de 201 euros por personabeneficiaria.
Se equiparan a las endodoncias, a efectos de abono de
la ayuda, los siguientes conceptos: coronas, puentes y piezas
sueltas.
- Empastes u obturaciones: se concederá 21 euros por
cada empaste, con un importe máximo a abonar de 63 euros
por persona beneficiaria.
- Implantes osteointegrados: se concederá el 30% del gasto
realizado por el total de implantes solicitados, con un importe
máximo a abonar de 400 euros por persona beneficiaria.
- Ortodoncia: se concederá el 40% del gasto realizado,
con un importe máximo a abonar de 400 euros por persona
beneficiaria.
Este concepto se solicitará una vez finalizado el tratamiento
de ortodoncia (art. 13.3 del Reglamento de Ayudas de
Acción Social).
- Férula de descarga: se concederá 100 euros.
Dentro de esta submodalidad de prótesis dentarias, se podrá
solicitar para una misma persona (solicitante o hijo) más
de un concepto, sin poder percibir más de una ayuda por concepto,
salvo que se trate de ayudas referidas a endodoncias,
empastes o prótesis parciales de distintas piezas dentarias.
b) Prótesis oculares. Conceptos que la integran:
- Gafas de lejos: se concederá 67 euros, con un máximo a
solicitar de unas gafas por persona beneficiaria.
- Gafas de cerca: se concederá 67 euros, con un máximo
a solicitar de unas gafas por persona beneficiaria.
- Gafas progresivas o bifocales: se concederá 166 euros, con
un máximo a solicitar de unas gafas por persona beneficiaria.
- Renovación de cristales de lejos: se concederá 28 euros
por cada cristal, con un máximo a solicitar de dos cristales por
persona beneficiaria.
- Renovación de cristales de cerca: se concederá 28 euros
por cada cristal, con un máximo a solicitar de dos cristales por
persona beneficiaria.
- Renovación de cristales progresivos o bifocales: se concederá
67 euros por cada cristal, con un máximo a solicitar de
dos cristales por persona beneficiaria.
- Lentillas: se concederá 61 euros por cada ojo graduado,
con un importe máximo a abonar, durante 2011, de 122 euros
por persona beneficiaria.
Dentro de esta submodalidad de prótesis oculares, no se
podrá solicitar para una misma persona (solicitante o hijo) dos
o más conceptos diferentes.
c) Prótesis auditivas y de fonación.- Conceptos que la integran:
- Audífonos: se concederá 200 euros por cada uno.
- Aparatos de fonación: se concederá 301 euros.
d) Intervenciones oculares:
Se concederá el 30% del gasto realizado por intervención
ocular, con un importe máximo a abonar de 200 euros por
cada ojo operado.
e) Periodoncia:
Se concederá el 30% del gasto realizado por cada acto
médico, con un importe máximo a abonar de 400 euros por
persona beneficiaria.
Página núm. 42 BOJA núm. 142 Sevilla, 21 de julio 2011
f) Tratamiento de reproducción asistida (fecundación in
vitro e inseminación artificial):
Se concederá 900 euros, con un máximo a solicitar, durante
2011, de un tratamiento.
Como gastos se podrán incluir todos los gastos médicos
que se hayan realizado desde que se inició el tratamiento.
g) Otras prótesis no quirúrgicas o aparatos especiales y
vehículos de inválidos:
- Calzado corrector seriado, con o sin plantillas ortopédicas:
se concederá 41 euros el par.
- Plantillas (sólo para el personal de MUFACE): se concederá
36,60 euros el par.
- Otras prótesis o aparatos especiales: se concederá el
25% del gasto realizado, con un importe máximo a abonar de
400 euros.
- Vehículos de inválidos: se concederá 301 euros.
2. Modalidad de ayuda: Atención a personas con discapacidad.
Se concederá el 75% del gasto realizado, con un máximo a
conceder de 3.000 euros por persona beneficiaria, equiparándose
a los hijos e hijas, los menores en acogimiento familiar.
3. Modalidad de ayuda: Defunción de personal empleado
público.
Se concederá la cantidad de 6.000 euros.
4. Modalidad de ayuda: Sepelio de familiar de personal
empleado público.
Se concederán las siguientes cantidades:
1. Sepelio del cónyuge, hijos e hijas y menores en acogimiento
familiar: se concederá 1.800 euros por cada uno.
2. Sepelio de ascendientes por consanguinidad o afinidad:
se concederá el cociente que resulte de dividir la cantidad de
1.800 euros entre el número de descendientes de la persona
fallecida, siempre que éstos no hayan fallecido con anterioridad.
En todos los supuestos anteriores, de ser menor el gasto
realizado, la cuantía de la ayuda se reducirá a la del gasto
justificado.
5. Modalidad de ayuda: Préstamos sin intereses para necesidades
urgentes.
Se concederá un máximo de 3.000 euros.
6. Modalidad de ayuda: Indemnización por accidentes.
La cuantía de las indemnizaciones son las fijadas en la
póliza de seguros colectivo de accidentes.
7. Modalidad de ayuda: Carácter excepcional.
Su cuantía se fijará, en cada caso concreto, por la Comisión
y la Subcomisión de Acción Social, teniendo en cuenta la
renta de la unidad familiar de la persona solicitante.
8. Ayudas sometidas a convocatoria pública.
Las cuantías de las ayudas serán fijadas en la correspondiente
convocatoria anual, previa negociación con las organizaciones
sindicales de la Comisión y la Subcomisión de Acción Social
JOAQUIN
 
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