por Rafa Rivero » 04 Ago 2011 13:35
En este caso ha sido detraida por reingreso de una trabajadora que estaba en excedencia por incompatibilidad. Este supuesto venía recogido en la base primera punto 4 que te copio a continuación:
4. Los puestos de trabajo incluidos en la presente convocatoria
podrán ser detraídos de la misma, cuando no resulte
posible su provisión como consecuencia del cumplimiento de
resoluciones judiciales o administrativas, en los casos de reingresos
provisionales, en los casos de supresión o modificaciones
sustanciales realizadas por modificación de la RPT o
por aplicación del artículo 40.3 bis del Real Decreto Legislativo
1/1995, de 24 de marzo.