a los tres años fijo por ley

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Re: a los tres años fijo por ley

Notapor F.G.C » 04 Oct 2011 13:09

PUES YO SOY CORTITO Y SIGO SIN ENTERARME HABER LLEVO PARA 10 AÑOS CON EL MISMO CONTRATO DE OBRAS Y SERVICIO SIN INTERRUMPIRLO PARA PLAZA VACANTE ¿SI ? ENTONCES POR LA ANTIGUEDAD ME PUEDEN CONSIDERAR COMO FIJO O NO ?
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Re: a los tres años fijo por ley

Notapor chefa » 04 Oct 2011 13:36

Si puedes y tienes el contrato de trabajo, mira cual es su denominación y las cláusulas de extinción del contrato, no se trata de ser cortito o no ni tampoco existen gurus en esta web que respondan con verdades absolutas sobre lo que en ningún gabinete jurídico se atreverían a asegurar.
Mi opinión sin ver el contrato es que no es de obra y/o servicio( si eres laboral temporal) y me inclino más bien por un Contrato indefinido cuya finalización vendrá dada cuando se incorpore su titular( Acceso, Promoción o traslados).
Si es de Obras y/o servicios , a mi juicio, sería aplicable lo dicho en el post anterior. Podrías estar ocupando esa vacante indefinidamente hasta que(Dios no lo quiera) te pisen la plaza, saludos
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Re: a los tres años fijo por ley

Notapor F.G.C » 04 Oct 2011 14:44

SI ESO ES SEGURO OBRAS Y SERVICIO PONE PARA PLAZA VACANTE ( ENTIENDO ESO QUE SOLO SERÍA QUITADO DE EMMEDIO DIGAMOSLE ASI (DIOS NO QUIERA ) EN CASO QUE ME PISEN LA POR UN TRASLADO UNA PROMOCION ETC
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Re: a los tres años fijo por ley

Notapor chefa » 04 Oct 2011 14:50

Efectivamente, saludos
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Re: a los tres años fijo por ley

Notapor mery » 06 Oct 2011 18:51

yo tampoco me entero!!!! :oops: :?: :?: :?:
entonces que diferencia hay entre indefinodo y fijo,por que en nuestro convenio nos clasifican como fijo o fijo discontinuo y tamporal
gracias
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Re: a los tres años fijo por ley

Notapor Karissa » 06 Oct 2011 21:08

El contrato indefinido es un remiendo normativo, introducida por obra de la jurisprudencia siendo una especialidad del personal laboral de las administraciones. Como para entenderlo...

Se aplica para los contratos temporales que se celebren incumpliendo las condiciones legales (en fraude de Ley), no consolida la situación de fijeza, que sólo puede alcanzarse mediante los correspondientes procedimientos selectivos. De no ser así se celebraría más de un contrato en fraude de ley con finalidades poco confesables, (Ten en cuenta que en la empresa privada un contrato celebrado en fraude de ley tiene otras consecuencias legales)

El contrato fijo, es el que ha consolidado tal situación mediante los procedimientos selectivos.

Saludos
Karissa
 
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Re: a los tres años fijo por ley

Notapor Karmenn » 07 Oct 2011 13:37

Si llevas razón, pero somos muchos/as los que llevamos más de 3 años y seguimos siendo Laboral Temporal, yo concretamente han hecho 12 años el 1 de agosto y seguimos tal cual. :oops:
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