por Karissa » 07 Dic 2011 23:19
Hola, las funciones y la titulación requerida viene recogida en el VI Convenio Colectivo y son las siguiente:
Son los trabajadores que poseyendo un oficio lo practican y aplican con tal grado de perfección, que no sólo le permiten llevar a cabo trabajos generales del mismo, sino aquéllos otros que suponen especial empeño y delicadeza, no sólo con el rendimiento óptimo, sino con la máxima economía de material y responsabilizándose de su ejecución y del de los operarios subordinados a
él, en su caso. Estos trabajadores por su experiencia laboral y formación, que será equivalente a la de Formación Profesional de 2º Grado, tendrán la capacidad necesaria para interpretar planos de detalle, croquis y realizar mediciones.
Realizarán también cualquier otro trabajo de similar o análoga naturaleza que se les pueda encomendar en relación con la actividad objeto de su función.
En mi centro las funciones son las propias de mantenimiento general al igual que hacen en las escuelas infantiles.
En cuanto a los sitios donde trabajan habría que ver las RPT, yo desconozco ese dato. Espero que otro forero te lo pueda aportar.
Saludos,