para rafa flr o quien lo sepa compensacion 24,31

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para rafa flr o quien lo sepa compensacion 24,31

Notapor maria84 » 14 Dic 2011 05:01

¿estos dos dias mas que nos dan del 24 y 31 hay que cogerselos antes del 15 de enero? es que en mi centro eso dicen que si no se pierden me lo aclaras gracias
maria84
 
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Re: para rafa flr o quien lo sepa compensacion 24,31

Notapor JOAQUIN » 14 Dic 2011 08:49

Pues es verdad, al igual que los demás días de asuntos propios, las vacaciones anuales, ...... Tenemos de plazo hasta el 15 de enero del año siguiente, si no es así, pues se pierden; o sea, que te lo deniegan legalmente.
JOAQUIN
 
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Re: para rafa flr o quien lo sepa compensacion 24,31

Notapor amalia » 14 Dic 2011 10:21

maria84 escribió:¿estos dos dias mas que nos dan del 24 y 31 hay que cogerselos antes del 15 de enero? es que en mi centro eso dicen que si no se pierden me lo aclaras gracias




ACUERDO DE LA COMISION DEL VI CONVENIO COLECTIVO
DEL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACION DE LA
JUNTA DE ANDALUCIA POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTICULO
36.5.1 DEL VI CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL
LABORAL DE LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA
DE ANDALUCIA
En Sevilla, a 21 de diciembre de 2005.
R E U N I D O S
De una parte, doa MarŒa Josˆ L‘pez Gonzlez, Consejera
de Justicia y Administraci‘n P–blica de la Junta de AndalucŒa,
con la representaci‘n legal que por su cargo tiene atribuida;
De otra, don Antonio Tirado Blanco, Secretario General
de la Federaci‘n de Servicios P–blicos de UGT de AndalucŒa;
don Felipe Falc‘ Hornos, Secretario General de la FSAP de
CC.OO. de AndalucŒa; doa Alicia Martos G‘mez-Landero, Presidenta
del Sector Auton‘mico de Administraci‘n General de
la Junta de AndalucŒa de CSI-CSIF; con la representaci‘n legal
que por sus cargos tienen atribuida:
E X P O N E N
El tiempo transcurrido desde la firma del VI Convenio
Colectivo del Personal Laboral de la Administraci‘n de la Junta
de AndalucŒa, ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir
cambios en el rˆgimen de permisos regulado en su art
Œculo 36, con objeto de facilitar la conciliaci‘n de la vida
familiar y laboral del personal incluido en su mbito de aplicaci
‘n. Por ello, las partes firmantes del VI Convenio Colectivo
reconocen la necesidad de introducir dichos cambios y, con
el fin de homogeneizar el rˆgimen de permisos del personal
al servicio de la Junta de AndalucŒa en el mbito de la Administraci
‘n General, la procedencia de modificar el artŒculo
36.5.1 del vigente Convenio Colectivo, para acomodarlo a
los Acuerdos adoptados en esta materia.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en
el artŒculo 9.4 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral
de la Administraci‘n de la Junta de AndalucŒa, la Administraci
‘n de la Junta de AndalucŒa y las Organizaciones Sindicales
integrantes de la Comisi‘n del Convenio, por mayorŒa
de cada una de las partes, acuerdan lo siguiente:
Primero. Modificaci‘n del artŒculo 36.5.1, que pasa a
tener la siguiente redacci‘n:
«Quienes presten servicio los dŒas 24 y 31 de diciembre
disfrutarn de dos dŒas de descanso por cada uno de ellos,
pudiendo ser acumulados al perŒodo de vacaciones.
Cuando los dŒas 24 y31de diciembre coincidan en festivo,
sbado o dŒa no laborable, se aadirn dos dŒas adicionales
de permiso por asuntos particulares y acumulables a los previstos
en el apartado 1.2.1. Esta compensaci‘n es incompatible
con los dŒas de descanso por prestaci‘n de servicios
durante los dŒas 24 y 31 de diciembre.»
Segundo. Clusula adicional.
Los dos dŒas adicionales de permiso por asuntos particulares
correspondientes a los dŒas 24 y 31 de diciembre
de 2005 podrn disfrutarse hasta el 31 de marzo de 2006.


ESTE PLAZO SOLO FUÉ PARA EL 2006?, NO SE HACE EXTENSIBLE AL RESTO DE LOS AÑOS EN LOS QUE SE DEN ESTAS SIRCUNSTANCIAS?.

GRACIAS Y FELICES FIESTAS
amalia
 
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Re: para rafa flr o quien lo sepa compensacion 24,31

Notapor Rafa Rivero » 14 Dic 2011 11:05

Ese plazo, de poder disfrutar los días adicionales hasta el 31 de marzo fue solo para los días correspondientes al año 2005 puesto que fue cuabndo se estableció por primera vez ese derecho, el acuerdo se publicó en BOJA el 31 de enero de 2006, el año 2005 ya había finalizado y hubo que establecer algún plazo fuera del año 2005 para poder coger esos días correspondienmtes al año 2005, pero a partir de que la Comisión llega a ese acuerdo y se publica los años en que el 24 y 31 de enero caen en 24 y 31 de diciembre esos añosse tiene 10 días de ap y se rigen por el mismo sistema de disfrute que los años en que se tengan 8 días.
Rafa Rivero
 
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