por Rafa Rivero » 16 Dic 2011 01:44
Lo primero de todo es que de navidad no hablo absolutamente nada y tu en tu mensaje pones:
Rafa, no estoy de acuerdo en lo que comentas con respecto a que en los centros donde no se abran los días de navidad...
Si seguimos con mi mensaje, es una respuesta a este mensaje:
Los 2 días de asuntos propios de más este año por el día 24 y 31 de diciembre, tenemos que solicitarlos o están metidos en el cuadrante? por que los 8 días de siempre nunca han estado metidos. Si no están metidos tenermos que solicitarlos?.
Le estaba explicando al que puso el primer mensaje de este hilo por qué se pusieron lo de los dos días de ap cuando el 24 y 31 caen en sábado o domingo. En la primera parte del mensaje le hablo de los centros que no cierran ningún día, y que en ellos, caiga el festivo cuando caiga, nunca lo pierden, ni lo perdían anteriormente tampoco, puesto que se les descuentan en los cuadrantes todos los festivos al elaborarlos.
Posteriormente le explico que los centros que no abren los 365 días ( no sé por que metes lo de cierre de navidad, puesto que por ejemplo las delegaciones también cierra los fines de semana, no cierran en navidad y entrarían en este grupo de los que no abren los 365 días) si los días 24 y 31 caían en sábado, los perdían:
Para los otros centros, para los que no abren los 365 días , cuando los días 24 y 31 caen en sábado o domingo se perderían, puesto que esos días no abren y entre los descuentos a la hora de hayar los cómputos horarios y establecer los calendarios estaban descontados esos dos días como festivos y por ese motivo la Comisión de Convenio llegó al acuerdo de conceder dos días más de ap, cuando esos dos días no se disfrutasen como festivos en los centros que cierran los sábados y domingos, para evitar que estuvieran descontados para establecer el cómputo de horas y después no se descansasen como tal festivo, solapándose con el descanso semanal
Es decir, le explico al forista "Marx" por qué los centros que abren todos los días no han perdido nunca el 24 y 31 de diciembre y en cambio los que cierran los perdían al caer en sábado o domingo y esa fue la razón por la que la comisión de convenio le da 2 días más de ap precisamente a los que no abren los 365 días, que son los que anteriormente a la existencia del acuerdo, los perdían
Y para acabar le digo que, además, a los que trabajan en centros que no cierran en todo el año, si les toca trabajar el día 24 ó 31 de diciembre les darán dos días por cada día que trabajen (art 36.5)
No he insinuado en ningún momento nada de los centros que están cerrados en navidad, simplemente le intentaba explicar al forista que abrió el tema la diferencia entre un centro que no cierra y uno que cierra y por qué lo de los dos días de ap vienen precisamente a compensar a los que los venían perdiendo (los que cierran). En esa línea continúan las respuestas que vienen a continuación de mi mensaje:
Quieres con esto decir que esos dos días de más de AP este año, ya lo tenemos metido en cuadrante?
Mi respuesta insiste en lo que le dije en la respuesta anterior:
Los tenéis descontados en cuadrante no solo éste año, sino todos los años, puesto que los centros que abren todos los días del año al descontárseles entre otras, los festivos para establecer el cómputo horario, nunca pierden ningún festivo, caiga en el día de la semana que sea, eso da igual, pues en concepto de días festivos se descuentan 14 festivos x 7 horas + 2 festivos administración (24 y 31) total se descuentan 112 horas en concepto días festivos anuales. Pero además, como te he dicho anteriormente, a quien le toque trabajar alguno de esos días le corresponden 2 días de descanso adicionales, según el art 36.5. del convenio.
En todo caso pregúnta en tu comité si esos dos días están descontados en los cuadrantes o no
Otra forista interviene después en la misma línea:
En mi centro de trabajo, tenemos descontado del cuadrante este y todos los años, 1 día por el 24 y otro por el 31 de diciembre, siendo el resto de los días que correspondan de libre disposición y en consecuencia teniendo que ser solicitados por el trabajador. Por ejemplo la persona que le toque por cuadrante el día 24 tendrá 1 día metido en cuadrante y otro de libre disposición.
Los 2 días adicionales de este año para el disfrute de asuntos propios, son una excepción por caer 24 y 31 de diciembre en sábado, y son de libre disposición e independientes de los que corresponde por prestar servicios en esos días.
De cualquier forma, como te dice Rafa, pregunta a tu Comité o responsable de personal por si en tu centro hubiera otro tipo de acuerdo al respecto.
Y no se de dónde te sacas tu la conclusión de que le estoy diciendo que los centros que cierran en navidad no tiene derecho a los días de ap, leyendo y cortando la frase en un lugar donde yo no he terminado ninguna frase y metiendo los centros que cierran en navidad, a los que en ningún lugar del mensaje hago referencia. Copio tu mensaje:
Rafa, no estoy de acuerdo en lo que comentas con respecto a que en los centros donde no se abran los días de navidad (colegios, institutos, escuelas infantiles, ...) no tengan derecho a coger esos dos días de más, porque lo publicado en BOJA no especifica nada de eso. Todos lo pueden coger.
Es decir siguiendo con tu interpretación, yo me habría cargado el acuerdo, puesto que si a los que abren todos los días digo que se les descuentan en los cuadrantes y, según tu interpretas, le estaba quitando los dos día a los que cierran (no pongo nada de cierre en navidad, pongo a los que no abren los 365 días del año) ¿Para quién se firmó el acuerdo?
Como ves caeríamos en el absurdo siguiendo tu interpretación de mi mensaje: Se modifica el convenio concediendo 2 días de ap que no puede coger nadie.
Repito de nuevo ¿Donde he hablado yo en este tema de los centros que cierran en navidad? Ni el asunto del que se hablaba trataba de eso, ni en ninguno de los mensajes que sobre el tema de los días 24 y 31 han salido en el foro en otras ocasiones he dicho nunca nada parecido a lo que me atribuyes, ni en mi mensaje al que te refieres se dice lo que tu, cortando la frase, quieres que ponga, porque ,repito, ni incluso con ese corte que haces, puedes extraer nada de los centros que cierran en navidad `pues yo he hablado de los centros que no abren los 365 días del año, que para nada es lo mismo que los centros que cierran en navidad y no hay ninguna referencia a centros que cierran en navidad en ese mensaje.
Te vuelvo a insistir en la pregunta que te hice en el mensaje anterior pues no la he visto respondida en tu respuesta:
¿Donde he puesto yo que los centros que no abran en navidad no tiene derecho a coger los días de ap por el 24 y 31 de diciembre?
Vuelve a leer mi mensaje (sin cortar la frase) y verás que ni el asunto trataba del terreno por donde tu lo has llevado ni yo he hablado de lo que me has adjudicado.
Espero que te haya quedado claro. saludos