En el acuerdo de horarios especiales en el ambito de educación en apartado de horario de monitores aparece que el periodo vacacional no podrá comenzar antes del 23 de junio ni finalizar despues del 21 de agosto, me podeis explicar esto, ya que con la elaboración del proyecto de centro , queren recoger mi peiordo de vacaciones y dicen que yo tendo que estar si el director dice que debo de trbajar hasta el 3o de julio aunque el colegio oficialmente se cierre el 30 de junio.
Gracias.
Esto quiere decir que se debe permanecer en el centro hasta el 30 de junio anunque no venga nadie del Equipo directivo