permisos y lecencias

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

permisos y lecencias

Notapor yiyotoro1 » 02 Oct 2012 19:32

Buenas tardes soy nuevo en este foro y mi planteamiento es el siguiente .
Soy ordenanza en un centro educativo en la provincia de Córdoba . el pasado mes de Julio, como estudiante de la UNED que soy también, solicité por escrito a mi director de centro, un día libre en concepto de preparación de examen para la convocatoria de Septiembre de una asignatura , éste como quiera que él no es competente para resolver ésta solicitud , la envió a la Delegación de Educación en Córdoba. La cuestión es que por escrito recibí contestación en el mes de Agosto negando el permiso solicitado por el siguiente motivo.....el personal laboral solamente tiene derecho a los permisos y licencias establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público ...... si ésto es así mi pregunta es la siguiente ¿ donde quedan los derechos reconocidos por el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía ? Aunque en primer lugar he de preguntar .... el personal laboral tiene derecho a días libres para preparación de exámenes libratorios ?
yiyotoro1
 
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Re: permisos y lecencias

Notapor JOAQUIN » 02 Oct 2012 21:53

Esos 10 días de preparación para exámenes los han quitado, tan sólo tienes las horas del día del exámen, si no me equivoco.
JOAQUIN
 
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Re: permisos y lecencias

Notapor F.J. » 02 Oct 2012 23:45

Las instrucciones 1/2012 de la Secretaría general para la administración pública sobre aplicación del decreto 1/2012 en materia dejornada laboral, vacaciones y perrmisos dice en el punto 4.3 sobre permisos por razones de formación:
"Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud: durante los días de su celebración. Artículo 48.1 d) del Estatuto Básico del Empleado Público".

Además por si te sirve en el BOJA de 1 de octubre se publicó la Ley 3/2012 de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.

En el Artículo 26. Vacaciones y permisos. DICE:
"Las vacaciones y permisos del personal ... se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 48 y 50 de la Ley 7/2007, de 12
de abril, del estatuto Básico del empleado Público
, en su redacción dada por el artículo 8 del Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio. Dicho personal tendrá derecho asimismo a los permisos recogidos en el artículo 49 del
estatuto Básico del empleado Público,..."

Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2012,se modificó el artículo 50º del EBEP, quedan suspendidos y sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos por las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas que no se ajusten a lo previsto en este artículo, en particular, en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición o de similar naturaleza.

Perdona lo extenso de la respuesta pero he preferido poner casi todo para intentar aclarar tus dudas.
Saludos.
F.J.
 
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