por Rafa Rivero » 12 Oct 2012 12:46
En el concurso de traslado último se ofertaron las tres plazas de ese código10789710 y no se ocupó ninguna, por lo que se supone que debe haber tres temporales en ese código. Al ofertarse ahora en este concurso de acceso solo una plaza de ese código puede que alguna de las tres temporales sea adjudicataria con lo que las otras dos temporales no cesarían, seguirían ocupando su puesto como temporal, en caso de que ninguna de las tres sea adjudicataria, entonces una resultaría afectada y la cesarían, saldría desplazada en primer lugar la que lleve menos tiempo en el código