Para Rafa Rivero. Monitor Escolar

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Para Rafa Rivero. Monitor Escolar

Notapor carmencita » 23 Nov 2012 00:54

Hola Rafa, ¿Para cuándo un curso de habilitación para los monitores/as escolares que no tenemos la nueva titulación?
o ¿es que somos los últimos de la fila?. Sería de justicia que nos lo dieran.
carmencita
 
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Re: Para Rafa Rivero. Monitor Escolar

Notapor Rafa Rivero » 23 Nov 2012 02:23

En el caso del curso que tienen previsto para la categoría TSEI es porque tienen que dar cumplimiento al Decreto 149/2009 que daba un plazo máximo de 4 años para adaptar a los que estaban trabajado en las escuelas infantiles 0-3 años a los requisitos de titulación exigidos en el Decreto de Infantil mencionado. Ese plazo finaliza el 15 de mayo de 2013, de ahí las prisas. Pero las condiciones establecidas , como por ejemplo estar ininterrumpidamente prestando servicios en el mismo centro desde el año 2009, pueden dejar fuera a aquellos que, por ejemplo, fueron cesados tras el concurso de traslado y fueron de nuevo contratados en la categoría por estar en la bolsa, pues en esa bolsa de la categoría TSEI se admitió como válido para formar parte de la misma el título de magisterio por infantil y ahora no se considera válida esa titulación para la categoría de TSEI, o aquellos que fueron contratados después del 15 de mayo de 2009 también quedarían fuera.

Con respecto a tu pregunta, no es solo monitor escolar, es que ya no hay ninguna prorroga vigente y a partir de ahora, en futuros concursos, se van a pedir las titulaciones a todas las categorías cuyos requisitos de titulación fueron modificados por el Acuerdo de la Comisión de Convenio de 5 de abril de 2005 (BOJA 08-06-05 página 34 y siguientes) así que el problema es para muchas categorías y te quiero recordar que desde USTEA llevamos este problema a los tribunales para que se cumpliese el art 49.5 del convenio y que mediante los cursos de formación que se organizasen por la empresa, se capacitace profesionalmente a los trabajadores que estaban contratados en una categoría profesional cuyos requisitos de titulación fueron modificados (y careciesen de esos nuevos requisitos), para no poner en peligro su estabilidad en el empleo por este motivo del cambio de los requisitos para la categoría profesional que estaban desempeñando.Los tribunales tanto el TSJA como el Tribunal Supremo nos dieron la razón. Hoy por hoy y cuando han pasado más de dos años desde la sentencia del Supremo, ni caso a la sentencia.

Así da ejemplo la Junta de Andalucia, no acatando las sentencias judiciales cuando le son adversas o dicho de otra forma, la Administración andaluza no respeta el Estado de Derecho y eso es inadmisible en un pais que se considere democrático. Esta forma de actuar entra dentro de los denominados sistemas autoritarios, pues las autoridades políticas y administrativas deben respetar las normas jurídicas y a los tribunales de justicia. Cuando dictan sentencia, éstas debe ser acatadas por las autoridades administrativas, pues en caso contrario se estaría quebrantando el principio de legalidad y desobedeciendo a los jueces estarían situándose al margen de la Ley.

Pues en esas estamos en este asunto. Yo no soy nadie en USTEA para decirle al sindicato lo que debe hacer en este asunto, pues para eso están los abogados, pero desde luego mi opinión es que aquí no cabe otra que pedir responsabilidades penales por desacato a la Justicia y más cuando hay trabajadores que como consecuencia de ese desacato han sido excluidos del concurso por no reunir los nuevos requisitos exigidos, a pesar de estar prestando servicios en la categoría en la que concursaban y otros muchos que está seriamente en peligro su estabilidad laboral por no cumplir esos nuevos requisitos de titulación modificados por el Acuerdo mencionado y que insisto, los tribunales de justicia ya han dictado sentencia sobre la obligación del empresario con respecto a estos trabajadores, a los que se les ha modificado el requisito, de formarlos y capacitarlos profesionalmente para poder seguir desempeñando la categoría profesional en la que están contratados y no poner en peligro su estabilidad.
Rafa Rivero
 
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Re: Para Rafa Rivero. Monitor Escolar

Notapor carmencita » 24 Nov 2012 01:23

Muchas gracias Rafa por tu información. ¿Sería posible conseguir copia de dicha sentencia?
carmencita
 
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Re: Para Rafa Rivero. Monitor Escolar

Notapor Rafa Rivero » 24 Nov 2012 01:48

Te dejo el enlace de la sentencia del TSJA :

http://asp-laborales.ustea.org/sites/de ... tacion.pdf

Aquí tienes la del Tribunal Supremo:

http://asp-laborales.ustea.org/sites/de ... tacion.pdf
Rafa Rivero
 
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Re: Para Rafa Rivero. Monitor Escolar

Notapor carmencita » 24 Nov 2012 21:52

Buenas tardes Rafa. Gracias por tus respuestas. Y yo me pregunto ¿quién puede pedir esa resposabilidad a la Junta por desacato a la Justicia? ¿Qué pasos habría que seguir?
carmencita
 
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Re: Para Rafa Rivero. Monitor Escolar

Notapor Rafa Rivero » 25 Nov 2012 13:41

Creo que te he respondido a esa pregunta en mi mensaje, quien tiene que valorar si existe responsabilidad penal e interponer la correspondiente demanda por via penal son los abogados.
Rafa Rivero
 
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