Hola, soy una chica que tiene un contrato de relevo por una jubilación parcial. Trabajo en una escuela infantil de Córdoba. Mi duda es acerca del horario de los viernes.
Tengo que trabajar los viernes también de 9 a 17 horas??? Desde delegación dicen que sí, pero tengo entendido que en otras provincias no lo están haciendo.
Si miramos la Instrucción 1/2012, de la secretaría general..... de 19 de junio, en materia de jornada laboral, vacaciones y permisos.....
"La jornada laboral no resultará de aplicación a los contratos de trabajo vigentes formalizados como consecuencia de la jubilación anticipada a los 64 años, al personal laboral fijo que haya accedido a la jubilación parcial, al consustancial contrato de relevo."
Según ésta instrucción, no se me debería aumentar esas 2.5 horas los viernes.
¿Qué puedo hacer si desde delegación de Códoba me obligan?