Instruccion 4/2012 (Aclaración)

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Instruccion 4/2012 (Aclaración)

Notapor Ninfas » 09 Ene 2013 20:37

Buenas tardes, con respecto a la instruccion 4/2012, y dentro de la misma la Justificación de Ausencias, en el Punto 7.1.4, dice, "deberán ser justificadas por cualquier medio de prueba admisible en derecho".

¿Que es prueba admisible en derecho?
Si en el trayecto a mi puesto pincho una rueda,¿como lo justifico?
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Re: Instruccion 4/2012 (Aclaración)

Notapor laborales-HUELVA » 11 Ene 2013 14:36

Me imagino que el pinchar una rueda no te llevaría todo el día, si no el tiempo indispensable para cambiarla, con lo cual tendrías que recuperar esa llegada tarde al trabajo en el horario flexible, una prueba admisible de derecho sería el haber tenido que llamar a la grúa y no poder haber ido a tu puesto de trabajo durante toda la jornada.
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