por Rafa Rivero » 08 Mar 2013 10:24
Maike creo que no es eso exactamente lo que pregunta Chiqui3 al menos yo no lo entiendo así, creo que ella no habla por ella, es decir ella pregunta si un adjudicatario (no ella) no firma y cómo se cubriría la posible vacante que pudiera quedar ¿Es eso Chiqui3?
En caso de que sea esa la pregunta la primera parte es la que te ha repondido Maike,en resumen, si el adjudicatario no firma es como si no hubiera participado en el concurso. Con respecto a la posible plaza que quedase libre estariamos a la Instrucción 2/2013 (medidas de racionalidad y contención del gasto público) y a lo que decida las Administración con respecto a si se cubre o no la posible vacante teniendo en cuenta la directriz general de ahorrar que recoge la Instrucción que te he indicado. La Delegación correspondiente debe dirigir un informe justificando la necesidad prioritaria de la cobertura de esas vacante si así lo consideran y posteriormente la Consejería de Hacenda y Administración Pública estudiera y concedera o denegará la cobertura de esa posible vacante. En caso de que se permita la cobertura se estará a lo recogido en convenio para la cobertura de vacantes, primero la bolsa vigente, si estuviese agotada se iría a la complemeentaria y en último extremo a oferta al SAE,