mery escribió:sabeis si estoy obligada a avisar 15 dias antes a la reincorporacion de mi puesto de trabajo estando de excedencia por cuidado de un menor de 3 años?? en el convenio no lo dice y cuando solicite la excedencia no puse fecha de reincorporacion por lo mismo, solo puse fecha de inicio.
gracias
No existe obligación. Pero hay que tener en cuenta lo siguiente:
Obligaciones
La excedencia por cuidado de hijos es un derecho de naturaleza voluntaria, por lo que para ser efectiva es obligación de trabajador solicitar el disfrute de la excedencia por guarda legal, teniendo como causa, el cuidado de hijos bien por "naturaleza" o bien por "adopción".
También es obligación del trabajador solicitar el reingreso en cualquier momento anterior a que concluya la excedencia. La ley no exige que el trabajador manifieste su voluntad de reincorporarse con una determinada antelación, bastando con que solicite el reingreso en cualquier momento anterior a la terminación de la excedencia, No obstante y para evitar futuros problemas es recomendable que se comunique por escrito y siempre guardando copia del mismo con al menos 1 mes de antelación a la fecha de la reincorporación.
De todas formas lo suyo es confirmarlo en el PAS de tu delegación. Saludos.