horario del ordenanza

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horario del ordenanza

Notapor malagueña » 31 May 2013 11:09

muy buenas soy ordenanza de un ies somos tres, resulta que hemos estado todo el curso haciendo turnos cada semana viene una de nosostras mañana y tarde, mi pregunta es podriamos solicitar cobrar turnos, si alguien me puede ayudar se lo agradeceria, una aclaracion es que el horario que firmamos es solo de mañana porque dice el director que el seneca no le admite otro.
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Re: horario del ordenanza

Notapor omero10 » 31 May 2013 11:21

Vanos a ver,si en la RPT pone que solo vais por la mañana,no os van a pagar ni tardes ni turnos,quizas una de las tres plazas tiene turno de tarde,o no,esa si cobraría plus de tarde ,pero si vosotras lo haceis asi por vuestra cuenta,pues va ser que no.
omero10
 
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Re: horario del ordenanza

Notapor PACOGADE » 31 May 2013 12:07

Como bien dice omero10 en la RPT tiene venir si es de mañana o tarde tu plaza ,eso no quita que si hacéis tardes o turnos el director tenga que certificarlo y ustedes reclamarlos, poneros al habla con vuestro sindicato y os informaran , en Cádiz hace poco se le gano sentencia a limpiadoras que desde el 2010 hacen turnos,, ademas como mínimo pedir por escrito dicha certificación para en caso de accidente tener constancia de que es laboral.
Pero quiero que sepas que de un tiempo a esta parte las instrucciones desde delegación a los centros es que pongan a fijos de mañana y tarde , por lo que te aconsejaría miraras tu RPT y si es de mañana no pueden obligarte a ir de tarde.
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Re: horario del ordenanza

Notapor F.J. » 31 May 2013 12:59

Salvo mejor opinión de otro forero:
Generalmente en la RPT los puestos como el que tu describes aparecen con horario de mañana.
Para hacer el horario que especificais hay dos posibilidades: A) una que sea de forma voluntaria y B) de forma obligada por la dirección del centro.
En el segundo caso debes de tener un escrito de la dirección o tienes el derecho de exigirlo, en el cual se especifique que os obligan a realizar horarios a turnos.
Debeis de pedir certificaciones del director del centro y que aparezca recogido en el calendario laboral de cada año.
Una vez con estos requisitos podeis reclamar y presentar demanda para cobrar la turnicidad.
Siempre se puede reclamar el derecho y su cobro en nómina además de que se modifique la RPT de vuestro centro y ponga el horario que haceis. O en su defecto pedir todos los años el pago del complemento.

Muchas veces los compañeros realizan este horario porque a cambio reciben una serie de compensaciones que pactan con la dirección.
Dependiendo de tu situación, has de valorar y tomar una decisión.
Saludos.
F.J.
 
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Re: horario del ordenanza

Notapor malagueña » 31 May 2013 13:34

muchisimas gracias por contestarme ya veremos cual es la mejor solucion,gracias a todos
malagueña
 
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