Para Flo o Rafa Rivero

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

Para Flo o Rafa Rivero

Notapor Padre Carras » 13 Jun 2013 21:38

Rafa o Flo, he visto en el foro, información sobre la anulación de la vista, del tribunal de justicia de Andalucia, sobre paga extra y el diez por ciento a los temporales, mi pregunta es, en vuestra opinión, veis bastantes posibilidades a que los tribunales, os den la razon y hagan devolver el diez por ciento, del salario robado a los temporales.
Y en cuanto a la paga extra, creeis que tambien se cobrará integra.
Padre Carras
 
Mensajes: 168
Registrado: 26 Sep 2012 17:13

Re: Para Flo o Rafa Rivero

Notapor FLO » 14 Jun 2013 00:30

Padre Carras escribió:Rafa o Flo, he visto en el foro, información sobre la anulación de la vista, del tribunal de justicia de Andalucia, sobre paga extra y el diez por ciento a los temporales, mi pregunta es, en vuestra opinión, veis bastantes posibilidades a que los tribunales, os den la razon y hagan devolver el diez por ciento, del salario robado a los temporales.
Y en cuanto a la paga extra, creeis que tambien se cobrará integra.


Yo soy optimista con lo del 10%. Por lo que me cuentan los que entienden del tema. La demanda está bien argumentada y espero que se gane. Sería un bombazo, desde luego. Creo, no estoy seguro, que nadie más --ningún otro sindicato-- la ha puesto, aunque en el juicio parece ser suscribieron todos los términos de nuestra demanda. Incluso la Comunidad Canaria, que impuso una medida similar ha dado marcha atrás pero aquí siguen con su hoja de ruta de recortes o recortazos made in andalucía. Sumando recortes...
En el apartado de la paga extra, que existe como conflicto colectivo por parte de ccoo,ugt y csif se acumulará al de USTEA elevando su resolución a lo que dictamine el Constitucional. Yo creo que el tiempo devengado debería ganarse, por lógica, pero parece ser que ya hay sentencias en los juzgados de lo social que las han desestimado con lo cual, al ser cantidades pequeñas no tienen posibilidad de recurso. Así que estas personas ya lo han perdido diga lo que diga el Constitucional...

La paga extra completa...Ojalá tomen el ejemplo de Portugal...

Saludos.
FLO
 
Mensajes: 4679
Registrado: 27 Mar 2009 19:16

Re: Para Flo o Rafa Rivero

Notapor F.J. » 14 Jun 2013 17:18

Dicho acto ha quedado suspendido hasta la resolución del Tribunal Constitucional. Y el resto de conflictos colectivos planteados por otros sindicatos se acumularán al de USTEA.
El conflicto colectivo planteaba que “es inaceptable la discriminación entre trabajadores que se produce con la reducción de un 10 % del salario de los trabajadores temporales”.
También se planteaba que la eliminación de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 vulnera el precepto que prohíbe la retroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales, produciendo la quiebra de la seguridad jurídica.
El Tribunal Constitucional va a estudiar si cabe o no anular, por su carácter retroactivo, la supresión de la paga extra, acordada por el Gobierno en 2012, al admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada al respecto para el caso del personal laboral.
La admisión a trámite de esta cuestión, planteada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, supone la paralización del procedimiento, es decir, que la resolución de la Audiencia sobre la supresión de la paga extra de los empleados públicos (personal laboral y funcionarios), queda pendiente de lo que dicte el TC sobre la constitucionalidad de la medida.
La Audiencia, siguiendo la doctrina del Supremo, entendió que las gratificaciones extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido y se devengan día a día, por lo que el Gobierno no podría suprimir la paga completa en julio con efectos retroactivos a todo el año, ya que la norma suprime el derecho de los trabajadores a percibir cuantías ya devengadas y ello podría ir en contra del interés general y del artículo 9.3 de la Constitución Española.
El Tribunal Constitucional ha de resolver si esta ley vulneraba el art. 9.3 de la Constitución, que establece "la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales".
Y ello porque el “precepto elimina la paga extraordinaria "sin excepción alguna respecto de la parte que ya se hubiera devengado a la fecha de su entrada en vigor, el 15 de julio de 2012", es decir, que la paga extra es un salario referido a todo el año y se suspendió por completo en julio.
USTEA inició el proceso de conflicto colectivo en defensa de todos los trabajadores, ahora solo nos queda esperar al pronunciamiento del Constitucional.
F.J.
 
Mensajes: 822
Registrado: 29 Nov 2011 15:19


Volver a Foro de Información General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 24 invitados