Levante escribió:Buenas. A raíz de una pregunta de una forera respecto a las distintas bolsas, he descubierto que hay bolsas de sustituciones en distintas delegaciones. Pues bien, mi caso es el siguiente: Mi mujer es laboral temporal en situación de excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años (motivada sobre todo por la distancia a nuestro domicilio, unos 85 kilómetros). ¿Puede ella presentarse a esas bolsas sin perder su sitio en el trabajo actual? Es decir, en el supuesto de que entrase a trabajar por bolsa de sustitución, perdería el sitio donde ahora está de excedencia?
Gracias.
La excedencia que expones lleva consigo el cumplimiento del artículo 34.5 del actual convenio colectivo, y este reza lo siguiente:
"El período en que el personal permanezca en situación de excedencia conforme a lo
establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad, y se tendrá derecho a la
asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la
Administración, especialmente con motivo de su reincorporación. Asimismo,
durante dicho período
tendrá derecho a la reserva de puesto, turno y centro de trabajo; también podrá participar en los
procedimientos de promoción o de traslados que se celebren durante el período en que se
encuentre en excedencia, en los términos establecidos en el Capítulo VI."
"En el supuesto de que entrase a trabajar por bolsa de sustitución, perdería el sitio donde ahora está de excedencia?" Sí.