REDUCCION DE JORNADA POR CUIDADO DE HIJOS

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REDUCCION DE JORNADA POR CUIDADO DE HIJOS

Notapor MARX » 16 Sep 2013 11:55

Donde puedo encontrar la normativa que regula la concesión de reducción de jornada por cuidado de hijos, cuanto tiempo de reducción se puede coger, hasta que edad del menor, qué plazo hay para solicitarlo etc.... Gracias.
MARX
 
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Re: REDUCCION DE JORNADA POR CUIDADO DE HIJOS

Notapor F.J. » 16 Sep 2013 12:28

Salvo mejor criterio.

Puedes acogerte al Acuerdo en materia de jornada laboral, ausencias y permisos para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los empleados públicos. (BOJA DE 22 DE JULIO DE 2013)
En el mismo se recoge:
Se establece una reducción de jornada para atender al cuidado de hijos menores de edad con cáncer u otra enfermedad y/o mayores que convivan con sus progenitores.
El trabajador con hijos menores de doce años, un familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, tendrán derecho a flexibilizar en una hora diaria el horario de obligada permanencia.
Si el trabajador tiene a su cargo persona con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, podrá disponer de dos horas de flexibilidad horaria diaria a fin de conciliar los horarios de los centros, con los del puesto de trabajo. Quienes tengan hijos con discapacidad tendrán derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para asistir a reuniones, tratamientos o acompañamiento.

En lo referente a solicitar reducción de la jornada de trabajo y la disminución proporcional del salario, LEGALMENTE TE PUEDES ACOGER AL ARTICULADO DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES:
“Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.”
Ésta es la redacción que aparece en el Art. 37.5 del Estatuto de los trabajadores acerca de la reducción de jornada por cuidado de hijo o por un familiar dependiente.
Las aclaraciones que creo necesarias sobre este tema son entre otras las siguientes:
- tienen derecho a esta reducción todos los trabajadores, ya sean hombres o mujeres con independencia de que el otro (el otro progenitor) haya solicitado esa reducción, el único límite es que si los dos trabajan en la misma empresa no podrán disfrutar los dos de la reducción de jornada por el mismo hijo o por el mismo familiar.
- Es indiferente el número de trabajadores que haya en la misma empresa disfrutando de ese derecho, el empresario no puede negarse a concederlo.
- A partir de la reducción de jornada será el trabajador el que pueda decidir la redistribución de su horario siempre dentro del horario de la empresa y siempre que el convenio colectivo no establezca otro tipo de distribución para estos casos.
- Un trabajador con reducción de jornada por guarda legal cobra el salario proporcional a la reducción realizada pero continúa cotizando por jornada completa.

EN RESUMEN:
1º El trabajador puede reducir su jornada de trabajo como mínimo una octava parte de la jornada diaria y como máximo la mitad.

2º Cualquier trabajador o trabajadora que tenga a su cargo a un menor, persona con discapacidad o familiar en las circunstancias descritas anteriormente puede disfrutar del permiso.

3º El mismo trabajador, hombre o mujer, tiene derecho a decidir el horario y la duración del permiso, si bien los convenios colectivos podrán establecer unos criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada, en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador, y las necesidades productivas y organizativas de la empresa.

4º En cualquier caso, el trabajador, salvo fuerza mayor, deberá avisar al empleador 15 días antes de la fecha en que iniciará y finalizará la reducción de jornada.

5º El salario se le reduce al trabajador, en proporción a la parte de la jornada que deja de trabajar.
No obstante, las cotizaciones realizadas durante los dos primeros años de reducción de jornada por cuidado de menor y durante el primer año de reducción de jornada por el cuidado de un familiar, y de reducción de jornada por el cuidado de una persona con discapacidad, se computarán incrementadas hasta el 100% de lo que hubiera cotizado a jornada completa de cara a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.


Solicitud de reducción de jornada laboral
Nombre y Apellidos
Dirección……………..
Empresa xxxxxxxxxxxxxxx
Dirección …………………..
En……………………., a …………. de ……………… de 2…….
D/Dª ……………………………………………………….(nombre y apellidos del trabajador) con DNI nº (XXXXXXXXX), (trabajador@) de su empresa, con la categoría de ………………………………. (puesto de trabajo), y con domicilio a efectos de notificación en la …………………………………………………… (dirección del trabajador)
COMUNICA
En virtud del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, solicita de ustedes una reducción de jornada por razón de guarda legal de (hijo) menor de ocho años.
Por tanto, la citada reducción se iniciará el día …..de ……………de 2………, fecha de mi reincorporación al trabajo por baja de maternidad, pudiendo ser prorrogada hasta que mi (hij@) cumpla los ocho años de edad y quedará distribuida de la siguiente manera:
De (por ej. De Lunes a Viernes) de …………….a ………………..horas, quedando el periodo laboral en ……… horas a la semana, es decir (calcular esta cantidad fraccionada, por ej. 4/8) de la jornada completa.
He elegido el horario más conveniente para ambas partes al objeto de evitar causar el menor perjuicio en la empresa.
A la espera de una respuesta por escrito la aceptación de la reducción de jornada
Reciba un cordial saludo.
Fdo: (Nombre y apellidos del trabajador)
RECIBI POR LA EMPRESA
Fdo.: (Nombre y Apellidos del representante)
F.J.
 
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