Escuelas infantiles: Reinos de taifas

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Escuelas infantiles: Reinos de taifas

Notapor candray » 30 Sep 2013 18:08

Quisiera pediros que me informaráis, cuales son los horarios oficiales de tiempo para comer en las Escuelas Infantiles, ya que permanecemos hasta las 5, y mi directora ha decidido reducirlo a media hora de igual manera también nos ha cambiado los horarios del personal, en dos bloques y asignando según sus intereses a cada uno el suyo, es esto legal?, lo digo por que estoy cansado de los "caprichos" de estos directores que favorecen a según quien. Gracias
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Re: Escuelas infantiles: Reinos de taifas

Notapor paco » 30 Sep 2013 19:05

candray escribió:Quisiera pediros que me informaráis, cuales son los horarios oficiales de tiempo para comer en las Escuelas Infantiles, ya que permanecemos hasta las 5, y mi directora ha decidido reducirlo a media hora de igual manera también nos ha cambiado los horarios del personal, en dos bloques y asignando según sus intereses a cada uno el suyo, es esto legal?, lo digo por que estoy cansado de los "caprichos" de estos directores que favorecen a según quien. Gracias


El tiempo de descanso (lo llamamos habitualmente de desayuno) es de 30 minutos, igual que el que viene recogido en la normativa vigente para el personal de Administración General. El periodo de almuerzo no viene contemplado en la Instrucción 6/2012 que regula el calendario y jornada de trabajo del personal de Escuelas Infantiles, pero el "status quo" mantenido -cada Centro, como bien dices es un Reino de Taifas- es de 30 minutos, aunque en ocasiones se alargue entre 5 y 10 minutos más.

En cuanto al horario del personal en dos bloques, te copio lo que la Instrucción 6/2012 dice:
DETERMINACIÓN DEL HORARIO INDIVIDUAL DEL PERSONAL.

La dirección del centro, oído el personal del mismo, determinará el horario individual de cada trabajador o trabajadora, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y la mayor o menor presencia de alumnado en horario matinal o de tarde, de forma que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Se establece un horario rígido de 9 a 14 horas en el que toda la plantilla deberá permanecer en el centro.

b) .El servicio público tiene que estar suficientemente atendido en todo el horario que comprenda la jornada que corresponda (ordinaria, estival o festiva).

...

https://7b9922fc-a-60c56cf9-s-sites.goo ... edirects=0

También debes conocer que USTEA se ha mostrado contraria a la imposición de esta Instrucción por no cumplir con lo establecido en nuestro Convenio Colectivo:
Adicional novena:
Jornada, horario y vacaciones para determinados centros y jornada reducida.

En atención a las peculiaridades del servicio que presta el personal en centros de Protección, Reforma, Seguridad, Guardería, Apoyo de Menores, EGB, Educación Especial,
Educación de adultos y todos aquellos niveles educativos derivados de la implantación de la LOGSE, las Consejerías afectadas podrán regular para este personal lo contemplado en materia de jornada, horario y vacaciones en este Convenio. Para que esta regulación tenga validez será necesario que inexcusablemente:
- Se respete lo establecido con carácter general para la jornada en el presente Convenio.
- Se acuerde con la representación de los trabajadores y trabajadoras.
- Se ratifique expresamente por la Comisión del Convenio dentro del mes siguiente.
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Re: Escuelas infantiles: Reinos de taifas

Notapor paco » 30 Sep 2013 19:24

El pasado mes de febrero, como complemento a la Instrucción 6/2012, la Dirección General de RRHH de la Consejería de Educación, emite una addenda en la que se significa:
"Que el calendario laboral, con expresión de los horarios concretos de cada trabajador sea remitido, para su conocimiento, en la primera quincena de septiembre, a la Subcomisión de Educación. De dichos calendarios, que deben ser enviados por las Direcciones de los Centros a la Dirección General, la Subcomisión, tras análisis, dará traslado a los Comités de Empresa".

En la actualidad estamos a la espera de la convocatoria de la Subcomisión.
paco
 
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Re: Escuelas infantiles: Reinos de taifas

Notapor Tatinescu » 30 Sep 2013 21:41

El horario del almuerzo del personal de las Escuelas Infantiles, se supone que debe de ser entre las 14 horas y las 15,30 horas, puesto que es durante el descanso de los/as niños/as que duermen siesta; normalmente, se suelen hacer en dos o tres turnos, según el personal que exista en cada centro, para que el servicio de descanso esté cubierto por dos TSEI como mínimo.
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