Para Rivero. Duda sobre localidad permisos hospitalización.

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

Para Rivero. Duda sobre localidad permisos hospitalización.

Notapor Padre Carras » 24 Oct 2013 17:54

Rafa en mi centro de trabajo hay dudas, en cojer los dias de hospitalizacion por enfermedad de un familiar, sobre todo con lo que dice la instruccion de funcion publica, de la localidad , quiero decir, aqui nos dicen que la localidad sea dentro o fuera, es la localidad donde este el centro de trabajo,no la localidad donde vives, me gustaría saber si estan equivocados, si se refiere a la localidad es donde trabajas, o a la localidad donde vives, gracias.
Padre Carras
 
Mensajes: 168
Registrado: 26 Sep 2012 17:13

Re: Para Rivero

Notapor Javierito1968 » 24 Oct 2013 21:02

Padre Carras escribió:Rafa en mi centro de trabajo hay dudas, en cojer los dias de hospitalizacion por enfermedad de un familiar, sobre todo con lo que dice la instruccion de funcion publica, de la localidad , quiero decir, aqui nos dicen que la localidad sea dentro o fuera, es la localidad donde este el centro de trabajo,no la localidad donde vives, me gustaría saber si estan equivocados, si se refiere a la localidad es donde trabajas, o a la localidad donde vives, gracias.


Precisamente en mi centro de trabajo, hace dos semanas que una compañera ha necesitado pedir permiso por hospitalización de su madre. Ella vive en distinta localidad a donde trabajamos, y se le ha concedido los 5 días. Se ha tenido en cuenta el lugar de residencia de esta compañera. Rafa, FLO, F.J. y demás compañeros, que saben bastante de todos estos temas, nos lo aclararán mejor. Yo te cuento lo que ha pasado en mi Centro. Saludos.
Javierito1968
 
Mensajes: 138
Registrado: 17 Feb 2013 17:12

Re: Para Rivero

Notapor Rafa Rivero » 24 Oct 2013 22:46

Como dices en el convenio no viene especificado a qué localidad se hace referencia, pero la localidad es la de tu residencia, donde vives.
Rafa Rivero
 
Mensajes: 5757
Registrado: 08 Jun 2009 22:31

Re: Para Rivero

Notapor F.J. » 24 Oct 2013 23:56

Rafael rivero te lo ha confirmado pero yo de todas forma paso a exponerte mi aportación:

La Ley (de 1999 creo recordar) únicamente hace distinción en lo referente a localidad cuando se refiere a extranjeros con permiso de trabajo y a extranjeros con permiso de residencia. Cuando tienen permiso de residencia prevalece esta.

Los nacionales del país, es decir los españoles tenemos por nacimiento permiso de residencia (es fácil deducirlo ¿no?).

El ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES en su articulado referente a Descanso semanal, fiestas y permisos hace referencia a un determinado número de días y tanto el EBEP como el convenio también lo recogen.

En concreto en el ET pone “Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto….” Y en ese supuesto el número de días aumenta.
Es decir PROCEDE EL INCREMENTO DE DÍAS POR DESPLAZAMIENTO A OTRA LOCALIDAD CUANDO ÉSTA SEA DISTINTA DE LA DE RESIDENCIA DEL EMPLEADO.

Y ya me voy a poner muy “estilo campechano” ¿tu donde tienes el médico de cabecera del SAS? En tu lugar de residencia, de pura lógica la propia administración te lo pone en el lugar que tu específicas como lugar de residencia cuando vas a formalizar un contrato de trabajo. ES DECIR HACE PREVALECER EL LUGAR DE RESIDENCIA DEL TRABAJADOR SOBRE CUALQUIER OTRA CONSIDERACIÓN.
Y necesitas hacer unos trámites para cambiarlo al lugar de trabajo pero ese trámite ya es voluntario y un derecho que el trabajador puede o no ejercer voluntariamente. ¿Comprendes el razonamiento práctico a tu pregunta?
Saludos
Última edición por F.J. el 24 Oct 2013 23:58, editado 1 vez en total
F.J.
 
Mensajes: 822
Registrado: 29 Nov 2011 15:19

Re: Para Rivero

Notapor FLO » 24 Oct 2013 23:58

Y la prueba a lo que dice Rafa viene en la propia solicitud oficial, en el reverso--pag.2--. Más claro... Leer atentamente y dar en mano a esos directores tan peculiares que se inventan las normas según se levantan:

https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/adj-00006142Rellenable.pdf?v=&codigo=/system/bodies/Contenidos_Empleado/Contenido_General/TRAMITES_LABORALES/DERECHOS_DEBERES/Solicitudes/ContenidoGeneral_3113/00006142Rellenable.pdf
FLO
 
Mensajes: 4679
Registrado: 27 Mar 2009 19:16

Re: Para Rivero. Duda sobre localidad permisos hospitalizaci

Notapor F.J. » 25 Oct 2013 00:02

Vaya estaba buscando la solicitud y el compañero Flo se me adelantó al encontrarla.
Saludos
F.J.
 
Mensajes: 822
Registrado: 29 Nov 2011 15:19

Re: Para Rivero. Duda sobre localidad permisos hospitalizaci

Notapor MARX » 25 Oct 2013 00:14

A propósito de los permisos, me podéis informar si nos pertenecen algún día por parto de una cuñada?. Gracias.
MARX
 
Mensajes: 661
Registrado: 04 Nov 2009 16:00

Re: Para Rivero. Duda sobre localidad permisos hospitalizaci

Notapor Rafa Rivero » 25 Oct 2013 00:42

No, por parto de una cuñada la Instrucción 4/2012 no concede ningún permiso. El permiso por parto solo se le reconoce a los padres de los progenitores, además evidentemente de a los propios progenitores.
Rafa Rivero
 
Mensajes: 5757
Registrado: 08 Jun 2009 22:31

Re: Para Rivero. Duda sobre localidad permisos hospitalizaci

Notapor triniá » 25 Oct 2013 13:16

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... ECTIVO.pdf

Nuestro convenio casi muerto lo dice.


h) Por accidente grave, enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de cónyuge o
persona con quien conviva en análoga relación de afectividad a la conyugal, o de familiares hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad, cuatro días, o cinco días si cualquiera de los eventos
anteriores ocurriera fuera de la localidad de residencia del personal. El disfrute de este permiso
podrá ejercitarse bien de forma ininterrumpida desde el inicio del hecho causante, o bien
alternativamente dentro de la duración del mismo, siempre y cuando, en este último supuesto, lo
permitan las necesidades del servicio.
triniá
 
Mensajes: 38
Registrado: 19 Jul 2013 00:01

Re: Para Rivero. Duda sobre localidad permisos hospitalizaci

Notapor Rafa Rivero » 25 Oct 2013 21:56

Trinia:

Nuestro convenio en lo que se refiere a este artículo no está actualmente vigente, por lo que lo que has copiado no sirve, hay que remitirse a la Instrucción 4/2012 que es mas restrictiva con respecto a los días que corresponde y también los diferencia según los grados de consanguineidad.
Rafa Rivero
 
Mensajes: 5757
Registrado: 08 Jun 2009 22:31

Siguiente

Volver a Foro de Información General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 19 invitados