por Rafa Rivero » 27 Oct 2013 11:59
Trinia:
No sirve como explicación al compañero porque no es lo que ahora, actualmente, está vigente, te vuelvo a repetir que en lo referente a permisos y licencias hay que remitirse a la Instrucción 4/2012. En lo que se refiere al permiso por el se pregunta, la Instrucción mencionada ha empeorado lo que recoge el convenio, por tanto lo que has recogido en tu mensaje (lo que pone el convenio) no sirve como explicación, ya que leyendo lo que pone el convenio (y tu le has copiado) le llevas a creer que tiene derecho a más días de los que recoge la Instrucción 4/2012, que es lo que actualmente está vigente.
Dices: "Ya en el convenio se aclaraba, cosa que no hace la instrucción referida"
¿Cómo que la instrucción 4/2012 no lo aclara? Por supuesto que lo aclara, desafortunadamente lo aclara y empeora lo que había.
En concreto el forista preguntaba por el permiso para un cuñado, es decir para un familiar de segundo grado, pues anteriormente en convenio por los familiares de primer grado y segundo grado se tenía derecho a los mismos días de permiso (lo que tu pusiste en tu mensaje cuando copiaste lo recogido en convenio). Pues bien la Instrucción 4/2012 recoge en su apartado E una disminución de los días de "permiso por fallecimiento, accidenten enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica de un familiar o enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años"
Además en este apartado "E" se diferencia entre los días correspondientes a un familiar de primer grado y los correspondientes a un familiar de segundo grado.
Como el caso que se pregunta es sobre un cuñado , este sería un familiar de segundo grado, y la instrucción recoge en los días que corresponden por este permiso en el apartado "b" los correspondientes a familiares de segundo grado:
Cuando el suceso se produzca en la misma localidad 2 días (El Convenio concedía 4 días)
Cuando el suceso se produzca en distinta localidad 4 días (El convenio concedía 5 días)
Triniá, tu explicación no sirve para orientar al compañero, pues puede creer que tiene derecho a los días que le pusiste en tu respuesta, copiando lo recogido en convenio y no es así. Te insisto, aunque no nos guste, la Instrucción lo aclara y reduce significativamente los días de permiso con respecto a lo que tú le dijiste.