Jubilación Parcial

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Jubilación Parcial

Notapor JOSE COLROD » 14 Ene 2014 20:16

En el caso de la Jubilación parcial de una T.S.E.I. que trabaja en una Escuela de Educación Infantil ¿Quien decide los días que tiene que ir al Centro de Trabajo el Director/a o el/la Trabajador/a?.
Se trataria de un trabajador que cumple 61 años en Octubre y tiene más de 35 años de servicio,
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Re: Jubilación Parcial

Notapor Rafa Rivero » 14 Ene 2014 20:31

Puede elegir entre trabajar la mitad del año, y no ir la otra mitad; la mitad del mes, la mitad de la semana, o la mitad de la jornada, es decir tiene que trabajar el 50% y caben todas las distribuciones siempre que el jubilado parcial trabaje el 50% y el relevista el otro 50%, pero la jubilación parcial es un acuerdo entre la empresa y el trabajador. Lo que sí te puedo decir es que en Educación la mayoría de las concedidas están optando por ir la mitad del año y estar libres la otra mitad.
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Re: Jubilación Parcial

Notapor JOSE COLROD » 15 Ene 2014 01:55

El problema que se plantea es que el trabajador quiere ser el que decida que dias va y no que sea la Dirección del centro la que decida que días deben de ser los que tiene que ir a trabajar.
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Re: Jubilación Parcial

Notapor Rafa Rivero » 15 Ene 2014 01:59

Normalmente es el trabajador fijo el que elige y el relevista el que se adapta , pero no entiendo bien que tipo de elección quiere el trabajador.
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Re: Jubilación Parcial

Notapor JOSE COLROD » 15 Ene 2014 02:01

Ser el el que decida si tiene que ir esta semana o este mes, etc que no sea la Dirección quien le imponga los dias.
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Re: Jubilación Parcial

Notapor Rafa Rivero » 15 Ene 2014 02:39

El trabajador que haga su propuesta y si la dirección quiere imponerle otra tendrá que acudir al comité de empresa para que intervengan e intenten mediar pues qué mas le da al director cómo se distribuya el tiempo de trabajo y el tiempo de jubilado si al fina el puesto está cubierto por el jubilado parcial o por el relevista. Que explique por qué no acepta que el jubilado elija el periodo en que va a ir a trabajar y el que va a estar jubilado, salvo que haya razones de funcionamiento del servicio que sean reales e impidan aceptar los periodos elegidos por el jubilado parcial. Hay que tener en cuenta una cosa que el jubilado parcial y el relevista tiene que trabajar los mismos días. No sería correcto por ejemplo que el jubilado parcial en una escuela infantil diga que elije desde el 1 de julio al 31 de diciembre puesto que en ese periodo hay 21 días en julio de cierre, agosto cerrado por vacaciones, reducción en septiembre 15 días y algo mas de la mitad de las vacaciones de navidad , mientras en los primeros 6 meses hay parte de las navidades semana santa y reducción de junio. Ese reparto no sería equitativo no está repartido al 50% para cada uno. Deben repartirse mitad por mitad los días hábiles, es decir los días efectivos de trabajo y mitad por mitad las vacaciones o los periodos de descanso.
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Re: Jubilación Parcial

Notapor JOSE COLROD » 15 Ene 2014 05:03

Gracias.
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Re: Jubilación Parcial

Notapor candray » 15 Ene 2014 20:30

Me parece que no sabeís cuan "caprichoso/as" son los directores de escuelas infantiles y como las gastan
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