Se ha producido un cierre del centro. No eres tú el que tiene que pedir reubicación. Será la propia Administración la que la proponga, bajo negociación con los sindicatos, y ahí se verá qué tipo de movilidades hay que hacer, funcionales, geográficas etc... y si existe un plan para reabrir este centro o se da por cerrado y su actividad también. Sobre todo, y creo que es lo que te interesa, las reubicaciones serán dentro de la propia Delegación Territorial, no se contemplará otras Delegaciones ni otras provincias... Pero eso, si hay un periodo de negociación pues se verá ahí.
Por otra parte, ya te dirán a dónde tienes que incorporarte.
El convenio en su arts.21-22 y 23 habla sobre el tema, pero esencialmente hace referencia a la normativa del E.T.
Las movilidades vienen reguladas en el Estatuto de los trabajadores arts. 39-40 y 41.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.htmlSaludos.