Acompañamiento alumnos/as Infantil.

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Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor JOSE COLROD » 18 Feb 2014 19:01

¿Está un T.S.E.I. obligado a acompañar a un alumno/a de Educación Infantil de 5 años desde un edificio donde se encuentran los alumnos/as de E.Infantil a otro edificio donde se encuentra el Comedor Escolar a la hora de la comida? Este alumno/a utiliza el transporte escolar.
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Re: Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor JOSE COLROD » 18 Feb 2014 19:15

BOJA núm. 110
Sevilla, 8 de junio 2005
CONSEJERIA DE EMPLEO

RESOLUCION de 24 de mayo de 2005, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Permanente del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía (Cod. 7100082), de fecha 5 de abril de 2005, por el que se introducen diversas modificaciones en el sistema de clasificación profesional del mismo.

Técnico Superior en Educación Infantil.

Es el trabajador/a que está en posesión del título de Técnico Superior en Educación Infantil y tiene directamente a su cargo a los niños que asisten a los Centros Docentes y a los Centros de Atención Socioeducativa de la Junta de Andalucía, cuidando de las actividades que realizan en estos Centros, a fin de ayudarles a desarrollarse física, mental y socialmente.
Dirigen y participan en los juegos y entretenimientos de los niños, sus conversaciones, canciones y bailes, y les introducen en el dibujo, pintura y modelado, para ayudarlos a comprender mejor el medio ambiente físico y social que los rodea; estimulan la confianza en ellos mismos, les ayudan a expresarse, les inculcan el espíritu de colaboración y promueven su desarrollo físico; infunden a los niños hábitos de limpieza, relaciones y convivencia, tolerancia y otras cualidades sociales; toman nota e informan a los padres de los progresos realizados por los niños.
Vigilan a los niños y los atienden en sus necesidades durante la jornada, cuidándolos esencialmente y ayudándolos en las horas de comida y reposo.
Realizarán también cualquier otro trabajo de similar o análoga naturaleza que se les pueda encomendar en relación con la actividad objeto de su función.
Sin perjuicio de las funciones descritas anteriormente, cuando los Técnicos Superiores en Educación Infantil realicen sus tareas en Unidades de la Consejería de Educación, la dependencia del grupo de niños y la comunicación a padres y tutores de los progresos de los niños estarán sometidas a las limitaciones establecidas legalmente, derivadas de las funciones de los maestros. Asimismo, su trabajo lo desarrollarán siguiendo las directrices del Equipo Docente de Educación Infantil, con el que colaborarán en la elaboración y programación de las actividades educativas de este nivel.
JOSE COLROD
 
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Re: Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor Rafa Rivero » 18 Feb 2014 21:30

Creo que no es discutible que un alumno de 5 años no debería ir solo de un edificio a otro y debe estar acompañado.

Como todo, en las funciones no pueden venir recogidas al detalle todas y cada una de las que corresponde y a veces hay que interpretar. En este caso y según lo recogido en las funciones creo que podría interpretarse que sí corresponde esa función al TSEI :

Vigilan a los niños y los atienden en sus necesidades durante la jornada, cuidándolos esencialmente y ayudándolos en las horas de comida y reposo.
Realizarán también cualquier otro trabajo de similar o análoga naturaleza que se les pueda encomendar en relación con la actividad objeto de su función.
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Re: Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor JOSE COLROD » 18 Feb 2014 22:24

Gracias por la respuesta. La duda surge si no deberia ir acompañada de algún docente.
JOSE COLROD
 
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Re: Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor Rafa Rivero » 19 Feb 2014 14:24

No, para acompañar a un alumno, o a más de uno, al comedor no creo que haga falta tanta gente. Una tsei está plenamente capacitada para hacerlo y ya he dicho que en mi opinión, según sus funciones, es tarea suya.
Rafa Rivero
 
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Re: Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor Tatinescu » 21 Feb 2014 09:11

Rafa Rivero, tengo dudas sobre este tema en cuestión: creo que el trabajo desarrollado por un/a TSEI es en el centro de trabajo, sea Escuela Infantil o Colegio, pero una vez salga del centro de trabajo no creo que sea su responsabilidad ni tenga obligación de estar con un menor.

Te pido por favor que me aclares un poco ésto. Gracias, un saludo.
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Re: Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor sonia45 » 21 Feb 2014 09:21

Más claro que lo ha explicado Rafa imposible, el compañero TSEI que no se vea capacitado para llevar un niño al comedor que se dedique otra cosa.

Saludos.
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Re: Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor Rafa Rivero » 21 Feb 2014 17:12

Tatinescu la pregunta no entiendo que haga ninguna referencia a que sea una vez haya finalizado su jornada laboral. Ten en cuenta que habla de una TSEI en colegio y la jornada laboral de los TSEI en colegios de infantil y primaria es de 30 horas semanales de atención directa a los alumnos, es decir, por ejemplo de 9 a 15 horas de lunes a viernes. Si hay comedor el alumno termina su jornada lectiva a las 14 horas y va al comedor. La TSEI termina a las 15 horas, no veo que acompañar al alumno al comedor esté fuera de su jornada laboral.
Rafa Rivero
 
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Re: Acompañamiento alumnos/as Infantil.

Notapor Tatinescu » 21 Feb 2014 20:44

Querida compañera Sonia45, creo que la que no te enteras eres tú, o bien no sabes leer: me refiero a "SALIR DEL CENTRO DE TRABAJO".

Pues claro que estoy enterado de lo de acompañar a los niños y a las niñas al comedor, por supuesto que es obligación del TSEI, ya sea en Escuelas Infantiles como en Colegios, pero "DENTRO DEL CENTRO DE TRABAJO".

Te recuerdo que cuando los niños salen de una escuela infantil a una excursión, siempre van a compañados de familiares, a parte de personal de la escuela infantil; y ahí ya no se tiene ni la autoridad ni la responsabilidad, puesto que ya no está en nuestras manos.

Por cierto, también soy TSEI.

Saludos.
Tatinescu
 
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