Lo mismo se refiere usted al finiquito que por finalización de contrato corresponde a todo trabajador.
En el mismo se incluye la parte proporcional a las vacaciones no disfrutadas hasta el momento de la finalización del contrato.
Pero si va a otro puesto de trabajo cuando esté en él solo podrá disfrutar de la parte que le toque desde el momento de la toma de posesión de su nuevo trabajo.
Espero que sea esto a lo que usted se refiere.
Saludos