baja riesgo embarazo

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baja riesgo embarazo

Notapor Jone » 19 Mar 2014 19:06

Tengo entendido k con 28 semanas de embarazo en la categoria de m.e.e. por ley nos corresponde el riesgo de embarazo. En estos momentos me encuentro con baja de IT realmente debido al trabajo. Queria saber k tengo k hacer para solicitar el riesgo de embarazo por el trabajo y cuanto tardan en concedertela??
Jone
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Karissa » 19 Mar 2014 22:45

El riesgo durante el embarazo es una prestación de la Seguridad Social y como tal requiere unos trámites y gestiones.

Una trabajadora es declarada en situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo, en los supuestos en que, debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su estado, dicho cambio no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.

Los trámites a seguir son:

• Informe médico del SAS que te asiste..
• Declaración de la empresa, sobre los trabajos y actividades realizadas, condiciones del puesto de trabajo, categoría, riesgo específico.

Los servicios médicos de la Entidad gestora, emitirán un certificado médico acreditando que las condiciones del puesto influyen negativamente en tú salud o en la del feto.

Además, deberás presentar una declaración de la empresa sobre inexistencia de otro puesto compatible con tu estado y toda la documentación necesaria para acreditar la identidad y las circunstancias determinantes del derecho.

El Director del INSS de tu provincia notificará y dictará resolución en el plazo de 30 días

La cuantía del Subsidio es equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que será la establecida para la prestación de IT derivada de contingencias profesionales. Al efectuarse el pago, se deducirán los importes por cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones por IRPF.


Aclarado lo anterior, te cuento:

Los procesos de IT por enfermedad común que tengan inicio durante el periodo de gestación tienen un tratamiento especial, aún cuando no den lugar a riesgo durante el embarazo, con lo que tendrás el complemento del 100%. No te descontarán nada del sueldo.

Tienes 20 días de plazo para presentar la solicitud de reconocimiento del abono del 100% del complemento por incapacidad temporal derivada de enfermedad común, debiendo justificar que estás en estado de gestación. Hay un modelo de solicitud normalizado que en la sede de USTEA o en el departamento de recursos humanos te facilitarán.


Con la información que te facilito deberás valorar, si te compensa iniciar las gestiones y trámites para causar derecho a la Prestación de Riesgo durante el embarazo o en su defecto continuar en situación de IT por enfermedad común cobrando el 100% de tu salario.

Espero haberte ayudado, feliz embarazo.
Karissa
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Jone » 20 Mar 2014 00:08

Y en el caso de solicitar el 100% del salario en IT,
que documentos debo añadir a la solicitud?
No se podria descargar por internet y poder mandarlo por correo ordinario?
Muchas gracias por su ayuda
Jone
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Pepag. » 20 Mar 2014 12:54

Buenos días, cuelgo el modelo de solicitud que tiene educación por si te fuese de utilidad, ahí aparecen los documentos que tienes que anexionar a la baja.
Pepag.
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Pepag. » 20 Mar 2014 12:59

miento_abono_100__retribuciones_casos_por_IT.rar
No tiene los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Pepag.
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Jone » 20 Mar 2014 17:41

Ya he ido esta mañana a delegacion y lo he solicitao pk el sabado cumplia los 20 dias desde la baja. Ahora supongo k tengo k esperar a k me manden alguna carta con el resuelvo favorable? O directamente me ingresan la diferencia? Cuanto suelen tardar?
Jone
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Marce » 20 Mar 2014 19:53

Buenas tardes, Karissa en esto que dices de "los procesos de IT por enfermedad común que tengan inicio durante el embarazo tienen un tratamiento especial...", donde lo puedo encontrar? Sabes si hay alguna ley, acuerdo o algo donde esté?
Gracias.
Marce
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Karissa » 20 Mar 2014 20:51

LA INSTRUCCIÓN 1/2013 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y FUNCIÓN PÚBLICA, firmada en Sevilla a 14 de enero de 2013. en su apartado 7.2 recoge como caso excepcional (complemento 100%), los procedimientos de IT que tengan su inicio durante el periodo de gestación, aún cuando no den lugar a riesgo durante el embarazo.
Karissa
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Karissa » 21 Mar 2014 00:30

Hola Jone, si has presentado la solicitud junto con el informe acreditando tu estado de gestación, simplemente no te detraerán porcentaje alguno de la nómina. No te notifican nada, al menos en mi DT, no lo hacen.
Karissa
 
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Re: baja riesgo embarazo

Notapor Rafa Rivero » 21 Mar 2014 13:07

Marce:
En la web de USTEA-laborales, dentro del menú "Salud Laboral tiene acceso a la instrucción que te indica Karissa, en todo caso te dejo el enlace y allí puedes descargarla en pdf.

INSTRUCCIÓN 1/2013 EN RELACIÓN CON LA SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA:

http://asp-laborales.ustea.org/node/1998
Rafa Rivero
 
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