por Karissa » 19 Mar 2014 22:45
El riesgo durante el embarazo es una prestación de la Seguridad Social y como tal requiere unos trámites y gestiones.
Una trabajadora es declarada en situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo, en los supuestos en que, debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su estado, dicho cambio no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.
Los trámites a seguir son:
• Informe médico del SAS que te asiste..
• Declaración de la empresa, sobre los trabajos y actividades realizadas, condiciones del puesto de trabajo, categoría, riesgo específico.
Los servicios médicos de la Entidad gestora, emitirán un certificado médico acreditando que las condiciones del puesto influyen negativamente en tú salud o en la del feto.
Además, deberás presentar una declaración de la empresa sobre inexistencia de otro puesto compatible con tu estado y toda la documentación necesaria para acreditar la identidad y las circunstancias determinantes del derecho.
El Director del INSS de tu provincia notificará y dictará resolución en el plazo de 30 días
La cuantía del Subsidio es equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que será la establecida para la prestación de IT derivada de contingencias profesionales. Al efectuarse el pago, se deducirán los importes por cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones por IRPF.
Aclarado lo anterior, te cuento:
Los procesos de IT por enfermedad común que tengan inicio durante el periodo de gestación tienen un tratamiento especial, aún cuando no den lugar a riesgo durante el embarazo, con lo que tendrás el complemento del 100%. No te descontarán nada del sueldo.
Tienes 20 días de plazo para presentar la solicitud de reconocimiento del abono del 100% del complemento por incapacidad temporal derivada de enfermedad común, debiendo justificar que estás en estado de gestación. Hay un modelo de solicitud normalizado que en la sede de USTEA o en el departamento de recursos humanos te facilitarán.
Con la información que te facilito deberás valorar, si te compensa iniciar las gestiones y trámites para causar derecho a la Prestación de Riesgo durante el embarazo o en su defecto continuar en situación de IT por enfermedad común cobrando el 100% de tu salario.
Espero haberte ayudado, feliz embarazo.