monitora9 escribió:Hola a tod@s, me gustaría que me pasaran el enlace al VI convenio.
Yo soy laboral temporal y el horario que me han impuesto es :
-Lunes de 9 a 2 y de 3/30 a 7/30== 9 horas
-Resto de 9 a 3================24 horas
Esto hace un total de 33 horas semanales.
Mi pregunta es:
¿Al ser temporal? Hay que desquitar el 10% de este horario? Si es así en cuanto se quedaría?
¿Puedo disfrutar de 1/2 hora para el desayuno?
¿Qué horario tengo que hacer durante el mes de junio? Intensivo
¿Tengo que trabajar todo el mes de julio? y en qué horario?
Tengo como función catalogar los libros de la biblioteca o solo atenderla?
Gracias por vuestras respuestas y vuestra ayuda.
Efectivamente, hay que aplicar la deducción del 10%. El Acuerdo de Calendarios Especiales dice exactamente:
Monitores Escolares. 33,30 horas semanales de dedicación directa al puesto de trabajo en el Centro, de las que 30,00 horas serán de presencia directa cada semana y 3,30 acumulables en función de las necesidades, realización de actividades especiales y participación en los órganos del Centro o equipo. Al haber dudas en relación a la interpretación de los tiempos de trabajo, el Jefe de Servicio de Personal no docente de la Consejería, emitió un escrito el pasado 7 de junio de 2013, en el que aclaraba lo siguiente: La jornada semanal de este colectivo es de 30,00 horas en las que, necesariamente, se desarrollan las funciones en el Centro con los alumnos .
Las 3,30 horas de dedicación directa al puesto de trabajo en función de las necesidades es una bolsa de horas que serán requeridas en función de las necesidades relacionadas con actividades especiales y participación en los órganos del Centro. Esta bolsa horaria es gestionada por la dirección del Centro.
De forma sistemática no puede exigirse al colectivo de trabajadores una semana laboral de 33,30 horas. Estas consideraciones deben aplicarse igualmente en la proporción que corresponda al personal laboral.Tu horario semanal, sobre las 30,00 horas, son 27,00 horas.
Sobre las 3,30 horas, 0,33 horas.
Te corresponde un mes de vacaciones, normalmente en los Centros es el mes de agosto. Durante el mes de julio, se estará a los "acuerdos" con la Dirección.